Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la Resolución Viceministerial N° 182-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Lima

Modifican la Resolución Viceministerial N° 182-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Lima

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 0092-2024-MTC/03

Lima, 18 de julio de 2024

VISTO: el Informe Nº 2195-2024-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7 del Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre para el Perú por los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre a ser adoptado en el Perú de febrero de 2009, presentado por la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema N° 010-2007-MTC;

Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fijando plazos máximos para la aprobación de los planes de canalización y asignación de frecuencias;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Lima;

Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda;

Que, con el objeto de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0085-2024-MTC/03, publicada el 19 de junio de 2024 en el Diario Oficial “El Peruano”, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial N° 182-2004-MTC/03, que aprueba Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias para la banda UHF de localidades del departamento de Lima, por el plazo de 10 días hábiles a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general; de la recepción de comentarios los mismos versan sobre consultas generales que han sido absueltas por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2195-2024-MTC/28.01, propone la modificación del Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para la localidad de del Lima del departamento de Lima, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento;

De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 182-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Lima, a fin de modificar el plan de la localidad de LIMA; conforme se indica a continuación:

Localidad: LIMA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Rango (MHz)

Frec. Central (MHz)

14

470 - 476

473+1/7

15

476 - 482

479+1/7

16

482 - 488

485+1/7

17

488 - 494

491+1/7

18

494 - 500

497+1/7

19

500 - 506

503+1/7

20

506 - 512

509+1/7

21

512 - 518

515+1/7

22

518 - 524

521+1/7

23

524 - 530

527+1/7

24

530 - 536

533+1/7

25

536 - 542

539+1/7

26

542 - 548

545+1/7

27

548 - 554

551+1/7

28

554 - 560

557+1/7

29

560 - 566

563+1/7

30

566 - 572

569+1/7

31

572 - 578

575+1/7

32

578 - 584

581+1/7

33

584 - 590

587+1/7

34

590 - 596

593+1/7

36

602 - 608

605+1/7

38

614 - 620

617+1/7

39

620 - 626

623+1/7

40

626 - 632

629+1/7

41

632 - 638

635+1/7

42

638 - 644

641+1/7

43

644 - 650

647+1/7

44

650 - 656

653+1/7

45

656 - 662

659+1/7

46

662 - 668

665+1/7

47

668 - 674

671+1/7

48

674 - 680

677+1/7

49

680 - 686

683+1/7

50

686 - 692

689+1/7

Total de Canales: 35

Condiciones Técnicas (estaciones analógicas NTSC-M):

? La planta transmisora debe ubicarse en el Cerro Marcavilca.

? La máxima e.r.p. es de 1000 KW.

? La zona de servicio está determinada por el contorno de 74 dBuV/m

Condiciones Técnicas (estaciones digitales ISDB-T):

? Las plantas de transmisión deben ubicarse en el Cerro Marcavilca.

? La máxima e.r.p. para las plantas de transmisión es de 240 KW.

? La zona de servicio es la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, así como los distritos de Chilca, Mala, Santa Cruz de Flores y San Antonio de la provincia de Cañete y los distritos de Ricardo Palma y Santa Eulalia de la provincia de Huarochirí.

? Las estaciones de TDT operan con una sola planta transmisora y pueden cubrir las áreas sin cobertura con retransmisoras, siempre que estas retransmitan en la misma frecuencia y dentro de la misma localidad la totalidad de la señal de televisión transmitida desde la planta transmisora.

? Las retransmisoras deben cumplir con la regulación establecida para la planta transmisora como restricciones de ubicación y límites máximos permisible de radiaciones no ionizantes.

? La planta de transmisión y retransmisoras deben cumplir con las relaciones de protección y de potencias establecidas en la última versión de la Recomendación UIT-R BT.1368.

? La planta de transmisión y retransmisoras deben cumplir con las especificaciones de la Máscara Crítica establecidas en la última versión de la Recomendación UIT-R BT.1206

Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLA PAOLA SOSA VELA

Viceministra de Comunicaciones

2308606-1