Designan Secretarios Técnicos de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca en Tumbes, Chancay Huaral, Caplina Locumba y Quilca Chili de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0271-2024-ANA
San Isidro, 19 de julio de 2024
VISTOS:
El Memorando N° 1608-2024-ANA-OA de la Oficina de Administración que adjunta el Informe N° 0925-2024-ANA-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos; y el Informe Legal N° 0699-2024-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 997, crea la Autoridad Nacional del Agua – ANA, como un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en concordancia con los artículos 2 y 13 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y mediante Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, documento de gestión que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de la ANA;
Que, el artículo 24 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, señala que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos;
Que, el numeral 24.4 del artículo 24 del Reglamento de la Ley de Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, señala que, para el ejercicio de sus funciones, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, cuentan con una Secretaría Técnica y grupos de trabajo; asimismo, el numeral 30.1 del artículo 30 del citado Reglamento, indica que la designación del Secretario Técnico se efectúa por concurso público de méritos, convocado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua conforme a ley;
Que, la Unidad de Recursos Humanos mediante el informe de vistos, señala que, habiéndose llevado a cabo el concurso público para la designación de los cargos de Secretario Técnico de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes, Chancay Huaral, Caplina Locumba y Quilca Chili; resulta viable la designación en los cargos de Secretario Técnico a los profesionales que fueron declarados ganadores en el mencionado concurso público, precisando además que, de acuerdo a necesidades objetivas de la entidad, la Jefatura puede optar por designarlos posteriormente en otra Secretaría Técnica;
Que, la Unidad de Recursos Humanos, además precisa, que los profesionales ganadores, cumplen con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la entidad y en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones. Además, no se encuentran incursos en causal de impedimento y/o incompatibilidad legal para ejercer dicho cargo; asimismo, refiere que, no cuentan con antecedentes en el módulo de Registro Nacional del Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC); así como en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM) y Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva (RENADESPPLE);
Que, con el Informe Legal N° 0699-2024-ANA-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable lo solicitado por la Unidad de Recursos Humanos, al existir el marco legal que sustenta dicho acto de administración; correspondiendo suscribir el acto resolutivo al Jefe de la ANA, en su condición de máxima autoridad ejecutiva y titular del pliego presupuestario;
Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica; de la Gerencia General y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1057, y su Reglamento, aprobado y modificado por los Decretos Supremos N° 075-2008-PCM y N° 065-2011-PCM, respectivamente; así como la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designación en el cargo de Secretario Técnico
De acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, se designa, a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios establecida por el Decreto Legislativo N° 1057 y sus modificatorias; en el cargo de Secretario Técnico a los profesionales que se detallan a continuación:
N° |
Secretario Técnico |
Apellidos y Nombre |
1 |
Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Tumbes |
Freddy Chachi Molina |
2 |
Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay Huaral |
Rolando Gallegos Mamani |
3 |
Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina Locumba |
Wilson Nelson Castañeda Anton |
4 |
Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca Chili |
Javier Antonio Segovia Gamio |
Artículo 2.- Notificación
Notificar la presente Resolución Jefatural a los profesionales mencionados en el artículo precedente, así como, a las Autoridades Administrativas del Agua a la que pertenecen, y a la Unidad de Recursos Humanos.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
ALONZO ZAPATA CORNEJO
Jefe
2308803-1