Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Derogan artículo segundo de la Ordenanza N° 009-2022-MDM para que entre en vigencia el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad y su modificación aprobada mediante Ordenanza N° 006-2023-MDM

Derogan artículo segundo de la Ordenanza N° 009-2022-MDM para que entre en vigencia el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad y su modificación aprobada mediante Ordenanza N° 006-2023-MDM

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 009-2024-MDM

Majes, 31 de mayo de 2024.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTO:

Dictamen N° 0009-CORDIECRYD-2024-MDM Comisión Ordinarias de Regidores para el Desarrollo Institucional Educación Cultura, Recreación y Deportes; Informe N° 00000173-2024/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Proveído Nº 00000312-2024-SGPPYR/MDM de la Sub Gerencia de Planificación Presupuesto y Racionalización; Informe N° 00000025-2024/UPYR-SGPPYR- MDM de la Unidad de Planificación y Racionalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo establecido por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo el artículo 41º de la misma norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o una norma institucional;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, Aprueban los lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organizaciones y Funciones ROF y el Manual de Operaciones - MOP, publicada en el Diario Oficial el peruano el 20 de setiembre del 2020. En su Artículo 2 Ámbito de aplicación y finalidad, dice: “Los Lineamientos aprobados en el artículo 1 son de alcance nacional y tienen como finalidad orientar a las entidades públicas en su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 009-2022-MDM de fecha 26 de mayo del 2022 en su artículo Primero se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones — R.O.F. de la Municipalidad Distrital de Majes, contenidos en los anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Segundo. - SUSPENDER la aplicación del Artículo Primero de la presente Ordenanza, hasta la entrada en vigencia de la aprobación de las acciones que correspondan respecto al Cuadro de Asignación de Personal — CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de Majes, en adecuación a dicha modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones — R.O.F. de la Municipalidad Distrital de Majes;

Que, el Informe N° 00000025-2024/UPYR-SGPPYR-MDM la Unidad de Planificación y racionalización, por el cual concluye señalando que: “Con la finalidad de continuar el proceso de validación del CAP provisional ante SERVIR, y ante el cambio del requerimiento del nuevo equipo técnico de contar con un Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente, este despacho considera necesario dejar sin efecto el artículo segundo de la Ordenanza Municipal N° 009-2022-MDM, para que, con ello, entre en vigencia el nuevo ROF y su modificación aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 006-2023-MDM. Asimismo, entrada en vigencia el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF, corresponderá iniciar las acciones para una debida implementación; siendo parte de las acciones, la aprobación del CAP provisional; la cual será coordinado conjuntamente con la Alta Dirección y todos los órganos involucrados en el proceso;

Que, mediante el Informe N° 00000173-2024/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que de acuerdo a la normativa vigente, y estando a la vista los informes presentados en los antecedentes este despacho es de la opinión que se ponga a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su deliberación, para que en uso de sus atribuciones pueda decidir sobre la derogación del Articulo Segundo de la Ordenanza Municipal N° 009-2022-MDM, que dispone la suspensión de la vigencia de dicha norma municipal;

Que, el Dictamen N°0009-CORDIECRYD-2024-MDM Comisión Ordinarias de Regidores para el Desarrollo Institucional Educación Cultura, Recreación y Deportes, por UNANIMIDAD remitimos el presente expediente al Concejo Municipal, a fin de que pueda tomar una decisión conforme a sus atribuciones;

Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N’’ 27972, prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y del artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en sesión ordinaria por MAYORÍA, ha aprobado la siguiente Ordenanza:

“ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEROGA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2022-MDM PARA QUE ENTRE EN VIGENCIA EL NUEVO ROF Y SU MODIFICACIÓN APROBADA MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL

N° 006-2023-MDM”

Artículo Primero.- DEROGAR el Articulo Segundo de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2022-MDM que dispone la suspensión de la vigencia, de la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES” de acuerdo con los fundamentos expuestos de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Segundo.- SEÑALAR que los demás extremos de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2022-MDM quedan sub sistentes para que, con ello entre en vigencia el nuevo ROF y su modificación aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 006-2023-MDM.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal; Sub Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, y demás Unidades Orgánicas correspondientes, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la notificación del presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal; Sub Gerencia de Planificación Presupuesto y Racionalización; y a la Unidad de Planificación y racionalización, para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente de acuerdo a Ley.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Sistemas e Informática la publicación del Ordenanza Municipal en el Portal de Transparencia de la Entidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JENRY F. HUISA CALAPUJA

Alcalde

2303136-1