Reconforman la Comisión de Selección para los vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el extremo referido a la representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0177-2024-JUS
Lima, 18 de julio de 2024
VISTOS; el Informe N° 012-2024-JUS/SG, de la Secretaría General; y, el Informe N° 0995-2024-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses, establece que el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es un órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que constituye la última instancia administrativa en materia de transparencia y derecho al acceso a la información pública a nivel nacional; siendo competente para resolver las controversias que se susciten en dichas materias;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la citada norma señala que el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública está constituido por dos (2) salas, cada una de ellas está conformada por tres (03) vocales designados mediante Resolución Suprema por un periodo de cuatro (4) años, previo concurso público realizado conforme a lo establecido por el Reglamento;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1353, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2017-JUS, establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se conforma la Comisión de Selección para la selección de vocales de las Salas del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Que, el numeral 11.2 del artículo 11 del citado Reglamento, señala que la Comisión de Selección está conformada por tres (03) integrantes que ejercen el cargo ad honorem; a saber: un/a (01) representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que la preside; un/a (1) miembro propuesto por la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción que debe provenir de la sociedad civil; y, un/a (1) representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; asimismo, el numeral 11.5 del artículo 11 de la misma norma, señala que la Comisión de Selección cuenta con un Secretario Técnico, designado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos;
Que, en cumplimiento de lo antes señalado mediante Resolución Ministerial N.º 0088-2024-JUS, se conforma la Comisión de Selección para los vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Que, resulta necesario reconformar la citada comisión en el extremo referido a la representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-JUS; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reconformar la Comisión de Selección para los vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el extremo referido a la representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos quedando integrada por:
- Pablo Michael Huerta Canales, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien preside la Comisión de Selección.
- Raquel Andrea Gago Prialé, en representación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción quien proviene de la sociedad civil.
- Gladys Elizabeth Ferreira Pinto, en representación de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
Actuará como Secretario Técnico de la referida Comisión, el/la Jefe/a de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 2.- Dejar sin efecto todo lo que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2308253-1