Reconforman la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0249-2024-MIDAGRI
Lima, 18 de julio de 2024
VISTOS:
El Informe N° 00082-2024-MIDAGRI-SG/OILCC de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Memorando N° 1297-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0096-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización; y, el Informe N° 0768-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, en su artículo 8 prescribe que la Secretaría de Integridad Pública es el órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como de desarrollar los mecanismos en instrumentos para prevenir y gestionar los riesgos de la corrupción con el objeto de orientar la correcta actuación de los servidores civiles y entidades públicas en la lucha contra la corrupción;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, se aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, que establece directrices para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública, en el marco de la normativa, estándares y buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de Integridad y Lucha contra la Corrupción y deroga la Directiva N° 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP;
Que, el literal d), numeral 6.2 del Capítulo VI de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, establece responsabilidades a los Titulares de las Entidades como liderar y asegurar el compromiso de la Alta Dirección para la implementación y evaluación del Modelo de Integridad y liderar la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial, según corresponda, entre otras;
Que, asimismo, el literal f), numeral 6.3 del Capítulo VI de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, establece como responsabilidad de la máxima autoridad administrativa de las entidades, la de participar en la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial, según corresponda; por otro lado, el literal c) del subnumeral 8.3.1.1 del Capítulo VIII respectivo, establece como una de las acciones de la unidad de organización que ejerce la función de integridad, la de promover a nivel sectorial, a través de una Red de Integridad, el desarrollo de espacios de articulación en materia de integridad y lucha contra la corrupción; finalmente, el numeral 7.3.1 del Capítulo VII establece que el Jefe de la Oficina de Integridad Institucional ejerce el rol de Oficial de Integridad, cuyas funciones están reguladas en el numeral 6.4 del Capítulo VI y entre las cuales está la de garantizar el cumplimiento de las funciones de integridad en la entidad;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Secretaria General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG, se creó la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, con la finalidad de fortalecer la cultura de integridad y lucha contra la corrupción mediante la articulación permanente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con sus programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, a través de los titulares de las unidades de organización que ejercen la función de integridad;
Que, de conformidad con los artículos 61 y 62 del Texto integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, aprobado con Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción es la unidad orgánica de apoyo dependiente de la Secretaría General, encargada de la ejecución, coordinación y supervisión de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción en el Sector, así como de la evaluación de las denuncias sobre presuntos actos de corrupción;
Que, mediante el Informe N° 0082-2024-MIDAGRI-SG/OILCC, la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción solicita y sustenta la reconformación de la Red de Integridad creada mediante la Resolución de Secretaria General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG, para incorporar al Titular de la Entidad (Ministro), a la máxima autoridad administrativa (Secretario General), la Oficial de Integridad (Directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción); así como a los titulares, la máxima autoridad administrativa y a los/las Oficiales de Integridad o los que hagan sus veces de los Organismos Públicos Adscritos, Programas y Proyectos Especiales a la Red de Integridad Sectorial en el marco de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP;
Que, a través del Memorando N° 1297-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresa conformidad y remite el Informe N° 0096-29024-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización con el que se emite opinión favorable a la propuesta;
Que, mediante el Informe Nº 0768-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha opinado por la viabilidad de la emisión de la Resolución Ministerial que reconforme la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, creada y conformada mediante los artículos 1 y 2 de la Resolución de Secretaría General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG;
Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que reconforme la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, acorde a las nuevas directrices emitidas por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, esto es, con un acto resolutivo de este nivel atendiendo a que el Titular de la Entidad es quien lidera la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego;
Con las visaciones del Secretario General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y de la Directora de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31075, Ley Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública” y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reconformación de la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego.
1.1 Reconformar la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, creada y conformada mediante los artículos 1 y 2 de la Resolución de Secretaría General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG, la cual queda integrada por las siguientes entidades:
- Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI)
- Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA)
- Sierra y Selva Exportadora (SSE)
- Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)
- Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)
- Autoridad Nacional del Agua (ANA)
- Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS)
- Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL)
- Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI)
- Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH)
- Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo (PEBDICP)
- Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes (PEBPT)
- Proyecto Especial Datem del Marañón Alto Amazonas Loreto Condorcanqui (PEDAMAALC)
- Proyecto Especial Jequetepeque Zaña (PEJEZA)
- Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua (PEJSIB)
- Proyecto Especial Pichis Palcazú (PEPP)
- Proyecto Especial Sierra Centro Sur (PESCS)
- Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (PROVRAEM)
- Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT).
1.2 El Ministro de Desarrollo Agrario y Riego lidera la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego.
1.3 Las entidades que conforman la Red de Integridad conformada por la presente Resolución están representadas por sus Titulares, por la máxima autoridad administrativa y el/la Oficial de Integridad o quien haga sus veces.
1.4 La Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción (OILCC) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) asume el rol de Secretaría Técnica de la Red de Integridad conformada por la presente Resolución.
Artículo 2.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a las entidades que conforman la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, según lo dispuesto en el numeral 1.1 de su artículo 1, y a la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para los fines de ley.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y en las sedes digitales de las entidades que conforman la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2308095-1