Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2019, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
decreto supremo
N° 118-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la incorporación de mayores ingresos en las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 303-2018-EF, que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2019 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establece, entre otros, que las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2019, se aprueban en períodos trimestrales y mediante Decreto Supremo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la correspondiente Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2019, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
De conformidad con el numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y el Decreto Supremo Nº 303-2018-EF;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
Apruébase en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Año Fiscal 2019, la formalización de los Créditos Suplementarios del Cuarto Trimestre del citado año fiscal hasta por la suma de S/ 102 654 195,00 (CIENTO DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS En Soles
Fuente de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados 59 189 385,00
Donaciones y Transferencias 41 077 313,00
Operaciones Oficiales de Crédito 2 211 418,00
Recursos Determinados 176 079,00
____________
TOTAL INGRESOS 102 654 195,00 ============
EGRESOS En Soles
Gastos Corrientes 55 797 399,00
Gastos de Capital 45 224 276,00
____________
TOTAL EGRESOS 102 654 195,00
============
Artículo 2. Desagregado del Presupuesto Consolidado
El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al detalle siguiente:
Descripción |
Anexo |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto. |
Anexo Nº I |
Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. |
Anexo N° II |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Públicos. |
Anexo Nº III |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Directamente Recaudados. |
Anexo Nº III-1 |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Donaciones y Transferencias. |
Anexo Nº III-2 |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito |
Anexo Nº III-3 |
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Determinados. |
Anexo Nº III-4 |
Artículo 3. Efectos de la Formalización
La formalización de los Créditos Suplementarios en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2019, no convalida los actos administrativos o de administración que hayan ejecutado los Pliegos Presupuestarios, sin sujeción a la normatividad presupuestaria.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
1866706-1