Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de alcalde y funcionario de la Municipalidad a Bolivia en comisión de servicios

Autorizan viaje de alcalde y funcionario de la Municipalidad a Bolivia, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 131-2024-MDA/CM

Amarilis, 26 de junio de 2024

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AMARILIS;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 012-2024, de fecha 25 de junio de 2024, Exp. Adm. con Reg. 11337 de fecha 20 de junio del 2024.

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, dispone que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos (…). Lo cual resulta concordante con lo dispuesto por el artículo 41° que señala: “Los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés Público, Vecinal o Institucional, que expresan la voluntad del órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional”.

Que, en el numeral 11) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que una de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal es la de: “Autorizar los viajes al exterior del país, que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”. Así el artículo 20° numeral 20° establece que es atribución del alcalde delegar las atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal. Concordante con el artículo 24°.

Que, en el artículo 1° de la Ley N° 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que: “(…) Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores (…) las municipalidades (…) autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”. Concordante con el artículo 2° del mismo cuerpo normativo.

Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisa sobre el contenido del acto de autorización que: “La resolución de autorización de viaje al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento (…).

Que, a través del Exp. Adm. con Reg. N° 11337 de fecha 20 de junio del 2024, el Director Programa Huánuco del Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente – IDMA Ing. Luis Felipe Artica Arroyo, invita al Señor Alcalde Roger Hidalgo Panduro, Gerente de Desarrollo Económico Lic. Elkin Víctor Arévalo, Gerente de Desarrollo Social C.P.C. Rafael Vidal Romero, Gerente de Sostenibilidad Ambiental Ing. Viviana Sangama Flores, a la pasantía intercambios de experiencias y buenas prácticas (La Paz - Bolivia – Perú, Sur – Sur e Internacional) desde el 19 hasta el 28 de julio del 2024, con el objetivo de conocer experiencias exitosas en incidencia política, desarrollo de circuitos cortos de comercialización y laboratorios de innovación social (Food Labs) tiendo como temas: Agricultura urbana – sistemas alimentarios sostenibles, seguridad alimentaria, cambios climáticos, incidencia política y funcionamiento de los comités, agro viaje y una experiencia gastronómica con productos locales, estableciendo que el costo de los gastos de pasaje aéreo, alojamiento y alimentación del Alcalde será financiado por el IDMA, y de los gerentes la Municipalidad Distrital de Amarilis.

Que, Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 012-2024, de fecha 25 de junio de 2024, en la Estación de Orden del Día se trató: Autorizar, en comisión de servicios el viaje al exterior del País Bolivia – La Paz del Alcalde Roger Hidalgo Panduro y el Gerente de Desarrollo Económico Elkin Víctor Arévalo Alvarado de la Municipalidad Distrital de Amarilis, Provincia y Departamento de Huánuco, desde el 19 hasta el 28 de julio del 2024, con el objetivo de conocer experiencias exitosas en incidencia política, desarrollo de circuitos cortos de comercialización y laboratorios de innovación social (Food Labs) tiendo como temas: Agricultura urbana – sistemas alimentarios sostenibles, seguridad alimentaria, cambios climáticos, incidencia política y funcionamiento de los comités, agro viaje y una experiencia gastronómica con productos locales.

Que, estando a las consideraciones antes expuestas y en virtud a las facultades conferidas en el artículo 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el pleno del Concejo Municipal, en Sesión de Concejo, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por VOTO MAYORITARIO, expresa el siguiente:

ACUERDO:

Artículo 1°.- AUTORIZAR, en comisión de servicios el viaje al exterior del País Bolivia – La Paz del Alcalde, C.P.C. Roger Hidalgo Panduro y el Gerente de Desarrollo Económico Elkin Víctor Arévalo Alvarado de la Municipalidad Distrital de Amarilis, Provincia y Departamento de Huánuco, desde el 19 hasta el 28 de julio del 2024, para asistir a la pasantía intercambios de experiencias y buenas prácticas (La Paz - Bolivia – Perú, Sur – Sur e Internacional), en mérito a los considerados expuestos.

Artículo 2°.- ESTABLECER, que el costo de los gastos de pasaje aéreo, alojamiento y alimentación del Alcalde será financiado por el Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente - IDMA

Artículo 3°.- AUTORIZAR, el egreso que demande el costo de los pasajes aéreos y viáticos del Gerente de la Gerencia de Desarrollo Económico por parte de la Municipalidad Distrital de Amarilis de acuerdo a Ley,

Artículo 4°.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Económico, y demás órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de Amarilis, el cabal cumplimiento del presente acuerdo de concejo.

Artículo 4°.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Económico, y demás órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de Amarilis.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ROGER HIDALGO PANDURO

Alcalde

2305624-1