Ordenanza que aprueba la modificación del Plano de Zonificacion del distrito de Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 893-MML
ORDENANZA Nº 2635
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha;
En uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen Nº 065-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CERCADO DE LIMA, APROBADO POR ORDENANZA Nº 893-MML
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación, de Comercio Metropolitano (CM) e Industria Liviana (I2) a Comercio Metropolitano (CM), para el predio de 3,690.20 m2, ubicado en la Av. Óscar R. Benavides (ex Av. Colonial) Nº 2110, esquina con Jr. Víctor Reynel Nº 1086, Av. Guillermo Dansey Nº 2113, distrito del Cercado de Lima; inscrito en la Partida Nº 12760403 del Registro de Propiedad Inmueble; solicitado por Colonial del Perú S.A.C., conforme a lo graficado en el anexo, que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que incorpore en el plano de zonificación del distrito del Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 893-MML, la modificación señalada en el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer que, previo a la emisión de la licencia de edificación, se apruebe el estudio de impacto vial, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 2087-MML, teniendo en consideración lo señalado por el Instituto Metropolitano de Planificación, a fin de contar con accesibilidad peatonal y vehicular efectiva y fluida, debiendo priorizar la ubicación de las actividades de mayor impacto con frente a la Av. Óscar R. Benavides (ex Av. Colonial), así como el considerar la dotación de estacionamientos dentro de los límites de la propiedad, verificando la altura correspondiente de una futura edificación de acuerdo a lo normado y la factibilidad de los servicios, dada la nueva demanda.
Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la empresa administrada.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Lima, 11 de julio de 2024.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2307180-1