Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua

UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL

“FABIOLA SALAZAR LEGUÍA” DE BAGUA

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

Nº 0324-2023-UNIFSLB/CO

Bagua, 28 de diciembre de 2023

VISTO:

El Oficio N° 0383-2023-UNIFSLB-CO/P, de fecha 13 de diciembre de 2023; Informe N° 00153-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de fecha 18 de diciembre de 2023; Oficio N° 01892-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de fecha 20 de diciembre de 2023; Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora Número Treinta y Siete (37), de fecha 28 de diciembre de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (…). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes 8.4) administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fines de la institución Universitaria.

Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, referido a la Comisión Organizadora establece que, la Comisión tiene a su cargo la aprobación del Estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como en su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le correspondan.

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad. - Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los cuales les fueron conferidas. Lo que significa que la actuación de las autoridades de las entidades de la administración pública, como la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, deben restringir su accionar a lo estrictamente estipulado en las facultades y funciones conferidas en la Constitución, la ley y las normas administrativas.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha 18 de mayo de 2018, se aprobó los “Lineamientos de organización del Estado”, cuyo objeto es: Regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado.

Que, mediante Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU, de fecha 02 de diciembre de 2019, se aprobó Lineamientos para la formulación del de Organización de Funciones - ROF de las Universidades Públicas.

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, se aprobó el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua.

Que, mediante Oficio N° 0383-2023-UNIFSLB-CO/P, de fecha 13 de diciembre de 2023, el Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB, solicita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU, opinión técnica sobre propuesta de modificación del ROF Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua.

Que, mediante Oficio N° 01892-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de fecha 20 de diciembre de 2023, el Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, hace llegar el Informe N° 00153-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de fecha 18 de diciembre de 2023, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, en el marco de sus funciones de asistencia técnica a las universidades públicas asignadas mediante el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, emite opinión favorable a la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua.

Que, en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora Número Treinta y Siete (37), de fecha 28 de diciembre de 2023, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua y deroga la Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, a partir de la entrada en vigencia del presente ROF.

Que, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220; el Ítem 6.1.4 de la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y el Artículo 33° del Estatuto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Resolución de Comisión Organizadora N° 0274-2020-UNIFSLB/CO, de fecha 18 de setiembre de 2020, a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNIFSLB, aprobado en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, así como su anexo en la página web del portal institucional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua.

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

MAURO JUAN RAMIREZ HERRERA

Presidente de la Comisión Organizadora

ARNULFO BUSTAMANTE MEJIA

Secretario General

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