Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial
DECRETO SUPREMO
N° 075-2024-PCM
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, establece que corresponde al Presidente de la República dirigir la política general del gobierno;
Que, según lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, la Política General de Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2023-PCM se aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, que comprende nueve ejes y sus respectivos lineamientos, los cuales orientan el desarrollo y actualización de las políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales y se encuentran en concordancia con las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Visión del Perú al 2050;
Que, el 28 de julio de 2023, durante el Mensaje a la Nación de la señora Presidenta de la República, se anunció la incorporación del décimo eje a la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, relacionada a la política exterior, a propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, en ese contexto, el Ministerio de Relaciones Exteriores sustenta la incorporación del Eje 10. Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú, el cual incluye cinco Lineamientos;
Que, es de interés para el presente mandato presidencial, profundizar y reforzar la citada Política General de Gobierno, en materia de política exterior; así como, visibilizar su relevancia en el esfuerzo del desarrollo nacional;
Que, en virtud a lo señalado en el numeral 11 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio - AIR Ex Ante;
Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, a fin de incluir en la citada Política General de Gobierno el Eje 10 y sus Lineamientos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación de los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial
Modificar los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, en los siguientes términos:
“Artículo 3.- Ejes de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial
La Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial se desarrolla sobre diez ejes, los cuales se encuentran interrelacionados y guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país:
(…)
10.Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú.”
“Artículo 4.- Lineamientos de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial
Los Lineamientos de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial son los siguientes:
(…)
Eje 10: Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú
10.1 Continuar y reforzar las acciones orientadas a alcanzar el objetivo estratégico de adherir al Perú a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
10.2 Incorporar tecnologías al servicio de las comunidades peruanas en el exterior y promover a nivel regional y global, una respuesta conjunta y pragmática para una migración segura, ordenada y regular.
10.3 Cautelar y promover los intereses y derechos del Perú en la región antártica, fortaleciendo la participación y el cumplimiento de los compromisos del Estado peruano en el marco del Sistema del Tratado Antártico, orientados a asegurar la paz y la cooperación en dicho continente.
10.4 Consolidar, ampliar y profundizar la proyección al Asia Pacífico, a través del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) y la Alianza del Pacífico (AP).
10.5 Reforzar la política exterior vecinal e integración fronteriza.”
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2307974-1