Ordenanza que aprueba el Plan Específico “Las Lomas de Pucusana” como parte del Área de Tratamiento Normativo I (ATN I) el cual se incorpora en el Plano de Zonificación del distrito de Pucusana aprobado por Ordenanza N° 1086
ORDENANZA N° 2631
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha;
En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 055-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESPECÍFICO “LAS LOMAS DE PUCUSANA” COMO PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I (ATN I) EL CUAL SE INCORPORA EN EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUCUSANA APROBADO POR ORDENANZA N° 1086
Artículo Primero.- Aprobar la calificación de Zona de Reglamentación Especial – ZRE del Plan Específico “Las Lomas de Pucusana” como parte del Área de Tratamiento Normativo I, ubicado en el distrito de Pucusana, sobre un ámbito de 224.74 Ha., el cual se conforma de las siguientes calificaciones normativas: ZDM (Zona Urbana de Densidad Media), ZDA (Zona Urbana de Densidad Alta), ZDM en el ámbito ZEIS (Zona Especial de Interés Social), H2 (Centro de Salud), E2 (Educación Superior Tecnológica), ZI2 (Zona Industrial Liviana), ZR (Zona de Recreación), OU, (Otros Usos), OU* (Compañía de Bomberos - Escuela de Bomberos – Planta de Tratamiento de aguas servidas y de ósmosis inversa); conforme al gráfico del Anexo N°1 que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Zonificación de los Usos del Suelo del Plan Específico “Las Lomas de Pucusana”, conforme al Anexo N° 2 que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- Aprobar el Sistema Vial Metropolitano del Plan Específico “Las Lomas de Pucusana”, conforme al Anexo N° 3 que forma parte de la presente ordenanza. Aprobar que, en la habilitación, ejecución o implementación de la vía metropolitana colectora en los dos (2) tramos del presente Plan Específico, se incorpore la ciclovía en ambos sentidos, la cual deberá ubicarse en los jardines laterales o en la sección central – SC (área verde de la vía metropolitana).
Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación - IMP incorporar en el plano de reajuste integral de zonificación del distrito de Pucusana, aprobado por Ordenanza N° 1086, las calificaciones normativas aprobadas en el artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital de Pucusana.
Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano; y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Lima, 4 de julio de 2024
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2306847-1