Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Declaran barreras burocráticas ilegales diversos procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso aprobado mediante Ordenanza N° 001-2020-MDCLR

Declaran barreras burocráticas ilegales diversos procedimientos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante Ordenanza N° 001-2020-MDCLR

RESOLUCIÓN: 0463-2024/SEL-INDECOPI

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 31 de mayo de 2024

ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso

NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

- Procedimiento 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 3 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

- Procedimiento 9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0980-2023/CEB-INDECOPI del 17 de noviembre de 2023

BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES

(i) La exigencia de presentar la solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (Anexo 1 del Manual) indicando el número del reporte del nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento denominado “Inspección técnica de seguridad en edificaciones para establecimientos objeto de inspección de riesgo bajo (ITSE posterior) que no requieran licencia de funcionamiento”, materializada en el Procedimiento 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(ii) La exigencia de presentar la solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (Anexo 1 del Manual) indicando el número del reporte del nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento denominado “Inspección técnica de seguridad en edificaciones para establecimientos objeto de inspección de riesgo medio (ITSE posterior) que no requieran licencia de funcionamiento”, materializada en el Procedimiento 2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(iii) La exigencia de presentar la solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (Anexo 1 del Manual) indicando el número del reporte del nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento denominado “Inspección técnica de seguridad en edificaciones para establecimientos objeto de inspección de riesgo alto (ITSE previa) que no requieran licencia de funcionamiento”, materializada en el Procedimiento 3 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(iv) La exigencia de presentar la solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (Anexo 1 del Manual) indicando el número del reporte del nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento denominado “Inspección técnica de seguridad en edificaciones para establecimientos objeto de inspección de riesgo muy alto (ITSE previa) que no requieran licencia de funcionamiento”, materializada en el Procedimiento 4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(v) La imposición de un plazo de 9 (nueve) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Renovación del Certificado ITSE para establecimientos objeto de inspección de riesgo bajo (ITSE posterior)”, materializada en el Procedimiento 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(vi) La imposición de un plazo de 9 (nueve) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Renovación del Certificado ITSE para establecimientos objeto de inspección de riesgo medio (ITSE posterior)”, materializada en el Procedimiento 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(vii) La imposición de un plazo de 7 (siete) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y no Deportivos (ECSE) hasta 3 000 personas”, materializada en el Procedimiento 9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

(viii) La imposición de un plazo de 30 (treinta) días hábiles para la tramitación del procedimiento denominado “Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y no Deportivos (ECSE) hasta 3 000 personas”, ello en caso se necesite más de siete días para la ejecución de la infraestructura del evento, materializada en el Procedimiento 9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 001-2020-MDCLR, difundido en su portal institucional.

SUSTENTO DE LA DECISIÓN:

La razón es que la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso ha excedido los requisitos y plazos de tramitación contemplados en el Decreto Supremo 002-2018-PCM, Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones y el Decreto Supremo 043-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales.

orlando vignolo cueva

Presidente

2307118-1