Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a España, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00697-2024-DE
Lima, 11 de julio del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 4433/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01717-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01063-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 31 de enero de 2024, el Coordinador del Máster en Meteorología y Geofísica de la Universidad Complutense de Madrid, comunica a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú la realización del Máster en Meteorología y Geofísica, a realizarse en la citada universidad, ubicada en el Reino de España, de setiembre de 2024 a setiembre de 2025; asimismo, hace extensiva una invitación para que un integrante de la citada Institución Armada participe en el referido máster;
Que, por medio del Acta Nº 01-2024, de fecha 11 de marzo de 2024, la Junta de Selección para los candidatos a los programas extrainstitucionales en el país o en el extranjero para el personal naval año 2024 recomienda la participación del Teniente Primero Gonzalo AGURTO BARRAGÁN, en la maestría;
Que, mediante Carta s/n de fecha 18 de marzo de 2024, el Rector de la Universidad Complutense de Madrid (España) comunica al mencionado personal militar que ha sido admitido para participar en la maestría;
Que, a través del Informe Legal N° 042-2024-OAL/DHN, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Gonzalo AGURTO BARRAGÁN;
Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto, permitirá al personal militar designado comprender y predecir las condiciones atmosféricas de una manera más eficiente y atender los proyectos de investigación y monitoreo de las condiciones meteorológicas y geofísicas que resultan útiles para el desarrollo nacional y la prevención de desastres naturales;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 087-2024, suscrita por la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida (titular y cónyuge), compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 112-2024, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios;
Que, a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000101, Nº 0000000103, Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 30 de setiembre de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Nº 4433/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Gonzalo AGURTO BARRAGÁN para participar en la Maestría en Meteorología y Geofísica, a realizarse en la Universidad Complutense de Madrid, Reino de España, del 2 de setiembre de 2024 al 30 de setiembre de 2025, autorizando su salida del país el 31 de agosto de 2024 y su retorno el 1 de octubre de 2025;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio N° 01717-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 487-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01063-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Gonzalo AGURTO BARRAGÁN, identificado con CIP N° 00110152 y DNI N° 47379648, para que participe en la Maestría en Meteorología y Geofísica, a realizarse en la Universidad Complutense de Madrid, Reino de España, del 2 de setiembre de 2024 al 30 de setiembre de 2025, autorizando su salida del país el 31 de agosto de 2024 y su retorno el 1 de octubre de 2025.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos (Ida): Lima - Madrid (Reino de España)
Clase económica (incluye importe TUUA)
US$ 2,214.20 x 2 personas (titular y cónyuge) US$ 4,428.40
Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación)
€ 4,210.42 x 2 compensaciones x 1 persona € 8,420.84
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
€ 4,210.42 / 30 x 29 días (set.) x 1 persona € 4,070.07
€ 4,210.42 x 3 meses (oct.-dic.) x 1 persona € 12,631.26
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Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,428.40
Total a pagar en euros: € 25,122.17
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 6.- El Oficial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- El mencionado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior.
Artículo 8.- El Oficial Subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2306673-1