Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban modificación de noventa y siete (97) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Productos Farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC

Aprueban modificación de noventa y siete (97) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Productos Farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000106-2024-PERÚ COMPRAS-JEFATURA

San Isidro, 12 de julio del 2024

VISTOS:

El Informe N° 000117-2024-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 23 de junio de 2024, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000194-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 27 de junio de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y;

CONSIDERANDO:

Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018;

Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;

Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que, el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;

Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias (en adelante, el “Reglamento”), referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, al que se accede a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;

Que, el Anexo N° 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;

Que, el numeral 8.3.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 009-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones que regulan la gestión del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000178-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la “Directiva”), establece que, la Dirección de Estandarización y Sistematización mediante informe recomienda a la Jefatura de PERÚ COMPRAS, la modificación de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: a) la variación de la información consignada en la Ficha Técnica sustentada en los documentos técnicos o en la homogeneización realizada por las entidades públicas, asegurando que no cambie la condición de bien o servicio común; y, b) mejoras en la presentación de la información contenida en la Ficha Técnica identificada en los procesos de sostenimiento del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, para coadyuvar a una mejor comprensión de dicho instrumento;

Que, el numeral 8.3.8 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, dispone que, con el informe de la Dirección de Estandarización y Sistematización en el que se recomienda la modificación de la Ficha Técnica, la Jefatura de PERÚ COMPRAS, a través de Resolución Jefatural, aprueba la modificación de la Ficha Técnica del bien o servicio en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en la sede digital de PERÚ COMPRAS;

Que, mediante Informe N° 000117-2024-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modificación de noventa y siete (97) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Productos Farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, basada en la actualización de la normativa técnica, las mejoras en la presentación de la información y en el marco de la implementación del Proceso de Sostenimiento Programado, lo cual no afecta la condición de bien común de los productos materia de evaluación;

Que, mediante Informe N° 000194-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al sustento técnico expuesto por la Dirección de Estandarización y Sistematización y de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, resulta legalmente viable la modificación de las Fichas Técnicas referidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva N° 009-2023-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000178-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la modificación de noventa y siete (97) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Productos Farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:

DENOMINACIÓN DEL BIEN

VERSIÓN

1

ABACAVIR, 300 mg, TABLETA

10

2

ABIRATERONA, 250 mg, TABLETA

04

3

ACETAZOLAMIDA, 250 mg, TABLETA

09

4

ACICLOVIR, 200 mg, TABLETA

10

5

ACICLOVIR, 200 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 125 mL

03

6

ACICLOVIR, 3%, UNGÜENTO OFTÁLMICO, 3,5 g

06

7

ÁCIDO ALENDRÓNICO, 70 mg, TABLETA

10

8

ÁCIDO FÓLICO, 0,5 mg, TABLETA

09

9

ÁCIDO GADOTÉRICO, 0,5 mmol/mL, INYECTABLE, 15 mL

03

10

ÁCIDO MICOFENÓLICO, 500 mg, TABLETA

05

11

ÁCIDO PAMIDRÓNICO, 90 mg, INYECTABLE

09

12

ALOPURINOL, 100 mg, TABLETA

10

13

ALOPURINOL, 300 mg, TABLETA

09

14

ALPRAZOLAM, 0,5 mg, TABLETA

11

15

ALPROSTADIL, 500 mcg/mL, INYECTABLE, 1 mL

04

16

AMIODARONA, 200 mg, TABLETA

11

17

AMISULPRIDA, 200 mg, TABLETA

08

18

AMITRIPTILINA, 25 mg, TABLETA

10

19

AMLODIPINO, 10 mg, TABLETA

10

20

AMLODIPINO, 5 mg, TABLETA

10

21

ANASTROZOL, 1 mg, TABLETA

10

22

ARIPIPRAZOL, 15 mg, TABLETA

04

23

ASPARAGINASA, 10 000 UI, INYECTABLE

08

24

ATENOLOL, 100 mg, TABLETA

09

25

ATENOLOL, 50 mg, TABLETA

07

26

AZATIOPRINA, 50 mg, TABLETA

06

27

AZITROMICINA, 200 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 60 mL

08

28

AZTREONAM, 1 g, INYECTABLE

08

29

BACLOFENO, 10 mg, TABLETA

06

30

BUDESONIDA, 200 mcg/dosis, AEROSOL PARA INHALACIÓN, 200 dosis

07

31

BUPIVACAÍNA, 0,5%, INYECTABLE, 20 mL (sin preservante)

10

32

CALCITRIOL, 0,25 mcg, TABLETA

09

33

CANDESARTÁN, 16 mg, TABLETA

03

34

CANDESARTÁN, 8 mg, TABLETA

08

35

CAPREOMICINA, 1 g, INYECTABLE

08

36

CAPTOPRIL, 25 mg, TABLETA

10

37

CARBAMAZEPINA, 200 mg, TABLETA

09

38

CARBIDOPA + LEVODOPA, 25 mg + 250 mg, TABLETA

08

39

CARBONATO DE LITIO, 300 mg, TABLETA

10

40

CARBOPLATINO, 450 mg, INYECTABLE

09

41

CARVEDILOL, 12,5 mg, TABLETA

08

42

CARVEDILOL, 25 mg, TABLETA

08

43

CARVEDILOL, 6,25 mg, TABLETA

08

44

CASPOFUNGINA, 70 mg, INYECTABLE

04

45

CEFACLOR, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 75 mL

09

46

CEFACLOR, 500 mg, TABLETA

08

47

CLONAZEPAM, 0,5 mg, TABLETA

11

48

CLONAZEPAM, 2 mg, TABLETA

08

49

CLOZAPINA, 100 mg, TABLETA

09

50

FOSFATO DE CODEÍNA, 15 mg/5 mL, SOLUCIÓN, 60 mL

10

51

FURAZOLIDONA, 50 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 120 mL

10

52

FUROSEMIDA, 40 mg, TABLETA

08

53

INDOMETACINA, 25 mg, TABLETA

03

54

INMUNOGLOBULINA ANTITETÁNICA, 250 UI/mL, INYECTABLE, 1 mL

04

55

IRBESARTÁN, 150 mg, TABLETA

09

56

ISOFLURANO, 100%, SOLUCIÓN PARA INHALACIÓN, 100 mL

09

57

ISONIAZIDA, 100 mg, TABLETA

08

58

ITRACONAZOL, 100 mg, TABLETA

10

59

IVERMECTINA, 6 mg/mL, SOLUCIÓN, 5 mL

06

60

KETOTIFENO, 1 mg, TABLETA

10

61

MACROGOL 3350 + POTASIO CLORURO + SODIO CLORURO + SODIO BICARBONATO, SIN SODIO SULFATO, POLVO

03

62

MEBENDAZOL, 100 mg, TABLETA

06

63

MEBENDAZOL, 100 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 30 mL

06

64

MOXIFLOXACINO, 400 mg, TABLETA

06

65

MUPIROCINA, 2%, CREMA TÓPICA, 15 g

06

66

NAPROXENO, 250 mg, TABLETA

10

67

NAPROXENO, 500 mg, TABLETA

12

68

NIFEDIPINO, 10 mg, TABLETA

10

69

NIMODIPINO, 30 mg, TABLETA

09

70

NISTATINA, 100 000 UI/mL, SUSPENSIÓN, 12 mL

09

71

NITROFURANTOÍNA, 100 mg, TABLETA

09

72

NITROFURANTOÍNA, 25 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 120 mL

09

73

OCTREOTIDA, 20 mg, INYECTABLE (con solvente)

04

74

OCTREOTIDA, 200 mcg/mL, INYECTABLE, 5 mL

07

75

OLANZAPINA, 10 mg, TABLETA

05

76

OLANZAPINA, 5 mg, TABLETA

06

77

OLMESARTÁN, 40 mg, TABLETA

04

78

OMEPRAZOL, 20 mg, TABLETA DE LIBERACIÓN RETARDADA

11

79

OMEPRAZOL, 40 mg, INYECTABLE

09

80

ONDANSETRÓN, 8 mg, TABLETA

10

81

OXACILINA, 1 g, INYECTABLE

07

82

OXALIPLATINO, 100 mg, INYECTABLE

10

83

OXCARBAZEPINA, 300 mg, TABLETA

03

84

OXIBUTININA, 5 mg, TABLETA

09

85

OXITOCINA, 10 UI/mL, INYECTABLE, 1 mL

10

86

PAZOPANIB, 400 mg, TABLETA

04

87

PERMETRINA, 5%, CREMA TÓPICA, 60 g

08

88

SUCCINATO DE ESTRIOL, 0,1%, CREMA VAGINAL, 15 g

09

89

SUCRALFATO, 1 g/5 mL, SUSPENSIÓN, 180 mL

09

90

SUCRALFATO, 1 g/5 mL, SUSPENSIÓN, 200 mL

02

91

SULFADIAZINA, 1%, CREMA TÓPICA, 400 g

09

92

SULFADIAZINA, 1%, CREMA TÓPICA, 50 g

11

93

SULFASALAZINA, 500 mg, TABLETA

08

94

TELMISARTÁN, 80 mg, TABLETA

03

95

VALSARTÁN, 160 mg, TABLETA

05

96

VALSARTÁN, 320 mg, TABLETA

08

97

VALSARTÁN, 80 mg, TABLETA

08

* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php.

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización que realice la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE.

Artículo Tercero.- La Resolución Jefatural, la Directiva y su Anexo se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO

Jefe de la Central de Compras Públicas

PERÚ COMPRAS

2306659-1