Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad provincial de Islay y la Municipalidad provincial de Castilla
ACUERDO REGIONAL
Nº 109-2024-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 25 de junio de 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de Junio del presente año; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27857, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Consejos Regionales, emiten Acuerdos Regionales, que expresan la decisión del colegiado sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme el artículo 39° de la norma citada.
Que, el Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1440, establece en su artículo 76º que: “Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario”, agregando que: “las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público”.
Que, por su parte, el artículo 13º de la Ley N° 31953, del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, regula las transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2024.
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza 154-AREQUIPA, establece en su artículo 16º numeral 24) que es una atribución del Consejo Regional entre otras: “Aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe favorable de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial.”
Que, en la misma línea, el artículo 13º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 establece las formalidades para las transferencias financieras.
Que, el Gobierno Regional de Arequipa ha emitido la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales”, aprobada por RER Nº 395-2019-GRA-GR, que establece requisitos y procedimientos para las transferencias financieras para la elaboración de expedientes técnicos y ejecución de obras y mantenimiento, cuyos requisitos se advierten en el numeral 7.1.3.
Que, el Ejecutivo Regional ha remitido al Consejo Regional para aprobación de transferencias financieras un total de 16 expedientes, los que han sido remitidos a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto para su revisión a la luz del marco normativo descrito, que con oficio N° 445-2024-GRA/GR se procede a aclarar el monto.
Que, la comisión advirtió diversas observaciones, y estando a los plazos no fue posible realizar el levantamiento de observaciones razón por lo que la comisión de Planeamiento y Presupuesto ha calificado como favorables solo nueve expedientes;
Que, la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional de Arequipa, mediante el Dictamen Nº 018-2024-GRA/CR-CPP, remitió la propuesta de Acuerdo Regional que autoriza transferencias financieras, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 y demás normas aplicables, se aprueba por MAYORÍA en Sesión de Consejo Extraordinaria lo siguiente:
ACUERDA.
Primero.- APROBAR, la transferencia financiera a favor de las Municipalidades conforme al siguiente detalle:
Nº |
PROVINCIA |
ENTIDAD |
PROYECTO |
CUI |
MONTO TOTAL |
1 |
ISLAY |
Municipalidad provincial de Islay |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR DE LA AVENIDA PANAMERICANA SUR TRAMO ESTADIO MUNICIPAL Y JR. MARIA PARADO DE BELLIDO DEL DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA DE ISLAY - AREQUIPA |
2301633 |
S/. 8 476 042.94 |
2 |
CASTILLA |
Municipalidad provincial de Castilla |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VIAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE APLAO DEL DISTRITO DE APLAO DE LA PROVINCIA DE CASTILLA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2608953 |
S/.7 397 293.44 |
TOTAL |
S/ 15,873,336.38 |
Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional remita copia del convenio que se suscriba al amparo del presente Acuerdo Regional en un plazo de 5 días hábiles, a partir de la su suscripción.
Tercero.- DISPONER que la transferencia financiera que se aprueban no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los señalados en el punto Primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad.
Cuarto.- PRECISAR que la Cuarta Disposición Complementaria Final indica que “El incumplimiento de las normas establecidas en la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR, constituye falta de carácter disciplinario y se sancionará de acuerdo a las normas correspondientes, según la relación laboral contractual del trabajador, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que correspondan.
Quinto.- PUBLICAR el presente Acuerdo regional en el Diario Oficial El Peruano conforme al numeral 13.1 de la Ley N° 31953, y el portal electrónico del Gobierno Regional de Arequipa, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867.
Sexto.- DISPONER que el presupuesto de S/. 7 397 293.44 para el proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE APLAO DEL DISTRITO DE APLAO DE LA PROVINCIA DE CASTILLA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA quede en reserva hasta que se aclare que se no hay un proyecto de saneamiento básico en ejecución o por ejecutarse en la misma localidad bajo responsabilidad de la gerencia regional de infraestructura a través de la sub gerencia de estudios y proyectos del Gobierno Regional de Arequipa quienes deberán comunicar al Consejo regional de dicha situación en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Septimo.- DISPONER que previo al giro de la transferencia financiera para el proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE APLAO DEL DISTRITO DE APLAO DE LA PROVINCIA DE CASTILLA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA previa coordinación con la gerencia regional de infraestructura deberá verificar que la municipalidad provincial de Castilla ha cumplido aclarar dicha situación.
Octavo.- DISPONER que se notifique el presente acuerdo a la Oficina Regional de tesorería, Gerencia regional de infraestructura y a la Sub Gerencia de estudios y proyectos del Gobierno Regional de Arequipa a fin de dar cumplimiento a lo estipulado.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO CORNEJO PACHECO
Presidente
2305634-1