Aprueban transferencia financiera a favor de diversas municipalidades
ACUERDO REGIONAL
Nº 107-2024-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 25 de junio de 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de Junio del presente año; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27857, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Consejos Regionales, emiten Acuerdos Regionales, que expresan la decisión del colegiado sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme el artículo 39° de la norma citada.
Que, el Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1440, establece en su artículo 76º que: “Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario”, agregando que: “las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público”.
Que, por su parte, el artículo 13º de la Ley N° 31953, del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, regula las transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2024.
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza 154-AREQUIPA, establece en su artículo 16º numeral 24) que es una atribución del Consejo Regional entre otras: “Aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe favorable de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial.”
Que, en la misma línea, el artículo 13º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 establece las formalidades para las transferencias financieras.
Que, el Gobierno Regional de Arequipa ha emitido la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales”, aprobada por RER Nº 395-2019-GRA-GR, que establece requisitos y procedimientos para las transferencias financieras para la elaboración de expedientes técnicos y ejecución de obras y mantenimiento, cuyos requisitos se advierten en el numeral 7.1.3.
Que, el Ejecutivo Regional ha remitido al Consejo Regional para aprobación de transferencias financieras un total de 16 expedientes, los que han sido remitidos a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto para su revisión a la luz del marco normativo descrito, incluida la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0330-2024-GRA-GR;
Que, la Comisión advirtió diversas observaciones, y estando a los plazos no fue posible realizar el levantamiento de observaciones razón por lo que la comisión de Planeamiento y Presupuesto ha calificado como favorables solo nueve expedientes;
Que, la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional de Arequipa, mediante el Dictamen Nº 017-2024-GRA/CR-CPP, remitió la propuesta de Acuerdo Regional que autoriza transferencias financieras de saldo presupuestal a favor de Gobiernos Locales de la Región Arequipa, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, se aprueba por MAYORIA en Sesión de Consejo Extraordinaria lo siguiente:
ACUERDA.
Primero.- APROBAR, la transferencia financiera a favor de las municipalidades que se ha señala en el cuadro, conforme al siguiente detalle:
Nº |
PROVINCIA |
ENTIDAD |
PROYECTO |
CUI |
MONTO TOTAL |
|
1 |
CARAVELÍ |
Bella Unión |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN I.E. JOSEFINA TAYA VIZCARDO DE CENTRO POBLADO BELLA UNION DISTRITO DE BELLA UNION DE LA PROVINCIA DE CARAVELI DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2622719 |
s/.119 484.53 |
|
2 |
CARAVELÍ |
Chaparra |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN I.E. SIMON BOLIVAR DE CENTRO POBLADO PUEBLO VIEJO (CHAPARRA) DISTRITO DE CHAPARRA DE LA PROVINCIA DE CARAVELI DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2615141 |
S/.260 088.71 |
|
3 |
CARAVELÍ |
Cahuacho |
CREACIÓN DEL SERVICIO DE SIEMBRA Y COSECHA DE AGUA EN EL SECTOR DE AGUA GRANDE DE CENTRO POBLADO AYROCA DISTRITO DE CAHUACHO DE LA PROVINCIA DE CARAVELI DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2634556 |
S/. 254 770.71 |
|
4 |
CASTILLA |
Uñon |
CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LA AV. LAS PALMERAS, AV. JAVIER DE BELAUNDE, CALLE 1, CALLE MUNICIPAL, CALLE PROGRESO, CALLE BELEN Y CALLE ALTO DE LA VIRGEN DEL DISTRITO DE UÑON DE LA PROVINCIA DE CASTILLA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2611412 |
S/. 188 012.51 |
|
5 |
CAYLLOMA |
Municipalidad provincial de Caylloma |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN EL ASENTAMIENTO HUMANO MIRADOR DEL COLCA EN LA LOCALIDAD DE CHIVAY DEL DISTRITO DE CHIVAY - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2428389 |
S/.8 890 154.25 |
|
6 |
CAYLLOMA |
Achoma |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN MEDIANTE LA REPRESA ACHOMA DEL DISTRITO DE ACHOMA - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2626011 |
S/. 900 968.73 |
|
7 |
CAYLLOMA |
Ichupampa |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA CARRETERA VECINAL DEL PUENTE CHACAPI- ICHUPAMPA, DISTRITO DE ICHUPAMPA DE LA PROVINCIA DE CAYLLOMA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2631512 |
S/. 154 297.98 |
|
8 |
CAMANÁ |
Municipalidad provincial de Camaná |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PROLONGACIÓN FRANCISCO BOLOGNESI, JR. GARCÍ CARBAJAL, CALLE SAMUEL PASTOR, JIRÓN OCOÑA, CALLE MANCO CÁPAC Y PROLONGACIÓN MARISCAL CASTILLA DISTRITO DE CAMANA DE LA PROVINCIA DE CAMANA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2623542 |
S/. 6 297 354.72 |
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9 |
LA UNIÓN |
Municipalidad provincial de La Unión |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN EL CAMINO VECINAL AR-620, EMP. LOCRAHUANCA - DISTRITO DE COTAHUASI Y DISTRITO DE TOMEPAMPA DE LA PROVINCIA DE LA UNION DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA |
2611206 |
S/. 330 618.30 |
|
TOTAL |
S/ 17,395,750.44 |
Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional remita copia del convenio que se suscriba al amparo del presente Acuerdo Regional en un plazo de 5 días hábiles, a partir de la su suscripción.
Tercero.- DISPONER que la transferencia financiera que se aprueban no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los señalados en el punto Primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad.
Cuarto.- PRECISAR que la Cuarta Disposición Complementaria Final indica que “El incumplimiento de las normas establecidas en la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR, constituye falta de carácter disciplinario y se sancionará de acuerdo a las normas correspondientes, según la relación laboral contractual del trabajador, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que correspondan.
Quinto.- PUBLICAR el presente Acuerdo regional en el Diario Oficial El Peruano conforme al numeral 13.1 de la Ley N° 31953, y el portal electrónico del Gobierno Regional de Arequipa, conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley N° 27867.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO CORNEJO PACHECO
Presidente
2305622-1