Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 1562-2024-MP-FN

Lima, 11 de julio de 2024

VISTOS

Los oficios Nºs. 004639 y 005544-2024-MP-FN-FSCN-FECCO, de fechas 5 de junio y 4 de julio de 2024, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Mediante escrito recepcionado el día 31 de mayo de 2024, por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos Contra la Criminalidad Organizada, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), la abogada Julia Marcelina Fernández Condori, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali, presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo e informando como su último día de labores el 6 junio de 2024.

Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Vannie Maguby Robles Sajami, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali, quien para tal fin suscribe la citada carta.

A través de los oficios de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos Contra la Criminalidad Organizada, remite la citada carta de renuncia, por medio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, con efectividad al 7 de junio de 2024.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia, con eficacia anticipada, de la referida fiscal.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Julia Marcelina Fernández Condori, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 7 de junio de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3112-2023-MP-FN y 083-2024-MP-FN, de fechas 10 de noviembre de 2023 y 10 de enero de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Julia Marcelina Fernández Condori que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2306300-1