Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a España en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a España, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 00683-2024-DE

Lima, 8 de julio del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 4690/52 de la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01860-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01077-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº D-OC-SG-140G4501-S-24-000040, el Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima - Perú informa al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que, en relación al Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar (PCIMEM) 2024-2025, se ha asignado una (1) vacante para la citada Institución Armada, a fin de participar en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse del 1 de abril al 21 de junio de 2024 en su fase a distancia y del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025 en la fase presencial;

Que, con Oficio Nº 1467/52, el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima - Perú que, luego de la evaluación efectuada por la Jefatura del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú, en coordinación con la Dirección General de Educación de la citada Institución Armada, se ha designado al Capitán de Corbeta Ramón Mijaíl JÁUREGUI IPARRAGUIRRE, para que participe en el citado curso;

Que, mediante Oficio Nº D-OC-SG-140G4501-S-24-000069, el Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima - Perú remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, la carta de invitación dirigida al Capitán de Corbeta Ramón Mijaíl JÁUREGUI IPARRAGUIRRE, para que participe en el Curso de Estado Mayor de la Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), del 1 de abril al 21 de junio de 2024 (Fase a distancia) y del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025 (Fase presencial), ciudad de Madrid, Reino de España, dentro del marco del Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar; asimismo, la incorporación a la fase presencial se realizará en el CESEDEN, ciudad de Madrid, el 26 de agosto de 2024;

Que, con Resolución Directoral Nº 144-2024 MGP/DIREDUMAR, se nombró en misión de estudios en el país al Capitán de Corbeta Ramón Mijaíl JÁUREGUI IPARRAGUIRRE, para participar en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas en el Reino de España, como parte del Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar (PCIMEM), a cargo de la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas del Reino de España, del 1 de abril al 21 de junio de 2024, fase a distancia;

Que, a través del Informe Legal N° 036-2024/OAL-DGE, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado Oficial Superior, a fin de que participe en el citado curso, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025, debiendo incorporarse a la fase presencial en la ciudad de Madrid el 26 de agosto de 2024;

Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, porque permitirá que el Oficial Superior designado adquiera conocimientos y experiencias a fin de incrementar su nivel de perfeccionamiento sobre temas relacionados con la seguridad, defensa nacional, la evolución del mando y control marítimo, para afrontar los retos de los entornos operativos actuales y futuros. Asimismo, la participación en el referido curso responde a la necesidad de capacitar a Oficiales Superiores para cumplir con los cargos operacionales, como el Comando de Unidades, en Estados Mayores y como educadores de la Escuela Superior de Guerra Naval;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 104-2024, suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gasto de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 120-2024, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios;

Que, a través de las Certificaciones de Crédito Nº 0000000011, Nº 0000000101 y Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 27 de junio de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 4690/52, la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025, debiendo incorporarse a la fase presencial en la ciudad de Madrid el 26 de agosto de 2024, autorizando su salida del país el 24 de agosto de 2024 y su retorno el 28 de junio de 2025;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, a través del Oficio N° 01860-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 511-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 001077-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Ramón Mijaíl JÁUREGUI IPARRAGUIRRE, identificado con CIP N° 00072692 y DNI N° 45433186, para que participe en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025, debiendo incorporarse a la fase presencial en la ciudad de Madrid el 26 de agosto de 2024, autorizando su salida del país el 24 de agosto de 2024 y su retorno el 28 de junio de 2025.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo (Ida): Lima - Madrid (Reino de España)

(incluye importe TUUA)

Clase económica

US$ 1,988.48 x 1 persona US$ 1,988.48

Total a pagar en dólares americanos: US$ 1,988.48

Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación)

€ 5,052.50 x 1 compensación x 1 persona € 5,052.50

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

€ 5,052.50 / 31 x 6 días (ago.) x 1 persona € 977.90

€ 5,052.50 x 4 meses (set. - dic.) x 1 persona € 20,210.00

Total a pagar en euros: € 26,240.40

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 8.- El Oficial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2305019-1