Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU. en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 00692-2024-DE

Lima, 9 de julio del 2024

VISTOS:

Los Oficios Nº 4443/52 y N° 5087/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; los Oficios N° 01718-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y Nº 01972-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01117-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 0428/MAAG/NAVSEC-ENT, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar (GRUCAM) de los Estados Unidos de América hace de conocimiento a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú que, pone a disposición de la citada Institución Armada, el Programa de Cursos de Capacitación para el 2024, a llevarse a cabo en las diferentes escuelas militares de los Estados Unidos de América, entre los que se encuentra considerado el curso “Naval Staff College”, a realizarse en el Naval War College, ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 17 de julio de 2024 al 16 de junio de 2025, dirigido a un Oficial del grado de Teniente Primero a Capitán de Corbeta;

Que, mediante Oficio Nº 00892-2024-MINDEF/VPD, el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa remite a la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio Nº 103/MAAG/NAVSEC-ENT, a través del cual el GRUCAM informa que el Oficial designado para participar en el curso “Naval Staff College”, podrá realizar adicionalmente una pasantía académica “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval”;

Que, con Oficio Nº 3726/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento a la Secretaría General del Ministerio de Defensa que, la Dirección General de Educación de la citada Institución Armada, luego de haber realizado el proceso de selección correspondiente ha designado al Capitán de Corbeta Gustavo MANTILLA RODRÍGUEZ, para que participe en el citado curso y en la pasantía académica;

Que, mediante Oficio Nº 230/MAAG/NAVSEC-ENT, el Jefe de Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América informa al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que, el curso “Naval Staff College” se realizará del 17 de julio de 2024 al 16 de junio de 2025 y la pasantía académica denominada “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval”, se desarrollará hasta el 19 de julio de 2025; precisando que el gobierno de los Estados unidos cubrirá los gastos de transporte aéreo ida y vuelta, costo del curso “Naval Staff College”, alojamiento, viáticos para alimentación completa, seguro médico y TUUA, por la duración del curso (hasta el 16 de junio de 2025), sin incluir el transporte interno; en relación a la pasantía “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval” se señala que el costo de la misma será ser asumida por el Gobierno del Perú; así como, los costos de alojamiento, los viáticos para la alimentación completa, seguro médico y TUUA;

Que a través de los Informes Legales Nº 032-2024/OAL-DGE y Nº 042-2024/OAL-DGE, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior del citado personal naval, en misión de estudios;

Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada misión de estudios, por cuanto, permitirá que el Oficial Superior designado adquiera conocimientos y experiencias a fin de desempeñarse con excelencia profesional y liderazgo en puestos de Alto Mando, en asesoría en el campo político- estratégico, desarrollo institucional, seguridad y apoyo al desarrollo nacional, permitiéndole abordar aspectos coyunturales del más alto nivel de la doctrina naval y empleo de los componentes del poder naval, enfatizando el planeamiento militar a nivel operacional y las vinculaciones a nivel estratégico y político, detallando y destacando conceptos de estrategia militar aplicables a la guerra naval;

Que, en atención a lo indicado en el Oficio Nº 230/MAAG/NAVSEC-ENT; y de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde se otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado;

Que, adicionalmente, conforme a lo señalado en el acotado documento, el Gobierno del Perú financiará los costos de la pasantía “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval”, así como los gastos de alojamiento, viáticos para alimentación completa, seguro médico y TUUA, por la duración de la citada pasantía;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 098-2024, suscrita por la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por conceptos de pasaje aéreo de ida (esposa), compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000011, Nº 0000000101 y Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 19 de julio de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de las actividades programadas, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de las mismas, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 4443/52 y Nº 5087/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el curso “Naval Staff College” y en la pasantía académica “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval”, en el Naval War College, ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 17 de julio de 2024 al 19 de julio de 2025, así como autorizar su salida del país el 16 de julio de 2024 y su retorno el 20 de julio de 2025;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, a través del Oficio N° 01718-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 486-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, complementados con el Oficio Nº 01972-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 006-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01117-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Gustavo MANTILLA RODRÍGUEZ, identificado con CIP N° 00006555 y DNI N° 44325456, para que participe en el curso “Naval Staff College” y en la pasantía académica “Programa para Compañeros Internacionales de la Escuela de Guerra Naval”, en el Naval War College, ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 17 de julio de 2024 al 19 de julio de 2025, así como autorizar su salida del país el 16 de julio de 2024 y su retorno el 20 de julio de 2025.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo (Ida): Lima - Newport, Estado

de Rhode Island (Estados Unidos de América)

Clase económica

US$ 1,500.00 x 1 persona (esposa) (incluye importe TUUA)

US$ 1,500.00

Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación)

US$ 6,416.28 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 12,832.56

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 6,416.28 / 31 x 15 días (jul.) x 1 persona x 20% US$ 620.93

US$ 6,416.28 x 5 meses (ago.-dic.) x 1 persona x 20% US$ 6,416.28

Total a pagar: US$ 21,369.77

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 8.- El Oficial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2305769-1