Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 473-2024/MINSA

Lima, 10 de julio del 2024

Visto, el Expediente Nº 2024-0149295, que contiene el Oficio Nº 000403-2024-CG/SGE de la Contraloría General de la República; el Memorándum Nº D002375-2024-OGPPM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa Nº D000730-2024-OGAJ-MINSA emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1157-2023/MINSA, de fecha 27 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2024 del Pliego 011. Ministerio de Salud;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto, por la Contraloría General de la República. Asimismo, establece que, para efectos del financiamiento, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, realizar, de manera excepcional, transferencias financieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República;

Que, la disposición señalada en el considerando precedente, también indica que las citadas transferencias autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisándose además, que la citada resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 7.1 de la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349- 2023-CG, establece que el inicio del proceso de incorporación, se formaliza con la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el inicio de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;

Que, al respecto, mediante la Resolución de Contraloría Nº 422-2023-CG se aprueba el Inicio del Proceso de Incorporación de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, entre los cuales, se encuentra el Órgano de Control Institucional de la Unidad Ejecutora 008. Instituto Nacional de Oftalmología del Pliego 011. Ministerio de Salud;

Que, sobre el particular, el numeral 7.1.4 de la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, establece que las entidades ejecutan las transferencias financieras, de acuerdo al monto indicado por la Contraloría General de la República, durante los quince (15) días calendarios, contados a partir de la recepción por parte del Titular de la Entidad, del oficio de solicitud de transferencia, y considerando lo señalado en el numeral 7.2 de la mencionada Directiva;

Que, mediante Oficio Nº 000403-2024-CG-/SGE, complementado con el correo electrónico de fecha 3 de mayo de 2024, la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742 y la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, solicita a la Unidad Ejecutora 008. Instituto Nacional de Oftalmología del Pliego 011. Ministerio de Salud realizar la transferencia financiera por el monto de S/ 130 234,00 (CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Memorándum Nº D002375-2024-OGPPM-MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe Nº D000614-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto, a través del cual opina favorablemente respecto a la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 130 234,00 (CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, con cargo a los recursos del presupuesto de la Unidad Ejecutora 008. Instituto Nacional de Oftalmología, en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349-2023-CG;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349- 2023-CG; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 130 234,00 (CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Directiva Nº 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349- 2023-CG.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 008. Instituto Nacional de Oftalmología del Pliego 011. Ministerio de Salud, correspondiente a la categoría presupuestaria 9001: Acciones Centrales, el producto 3999999: Sin Producto, la actividad 5000006: Acciones de control y auditoría, fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, categoría de gasto 5: Gasto Corriente; y, genérica de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2305885-1