Autorizan viaje de personal militar FAP a los Estados Unidos de América, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00685-2024-DE
Lima, 9 de julio del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 001970-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01938-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01123-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 178/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar (GRUCAM) de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que personal de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Curso “Principios de la Gestión de Adquisiciones de Defensa”, a llevarse a cabo en el International Defense Acquisition Resource Management/Institute for Security Governance (IDARM/ISG), ubicado en la ciudad de Monterrey, estado de California, Estados Unidos de América, del 13 al 26 de julio de 2024, dirigido a Oficiales del grado de Mayor a Coronel, solicitando seleccionar a un (1) titular y dos (2) suplentes;
Que, con Oficio N° 000679-2024-DIGED/FAP, la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la FAP los datos de un (1) Oficial titular y dos (2) Oficiales suplentes propuestos para participar en el citado curso, precisando que han sido evaluados siguiendo los criterios impuestos por el país anfitrión y por la institución, así como la aplicación de la matriz de selección de personal militar;
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 042-DEAJ 2024, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, propuesto por GRUCAM;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios; por cuanto, le permitirá elevar la capacidad de la planificación estratégica de la defensa nacional y obtener conocimientos y cualidades necesarias para asumir cargos más altos de liderazgo, lo cual redundará en beneficio de su Institución Armada;
Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Legal N° 042-DEAJ 2024 el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, precisa que los gastos de transporte aéreo ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, viáticos por alimentación y seguro médico de emergencia, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, no incluyendo transporte interno, de acuerdo al Oficio Nº 178/MAAG/AFSEC-ENT; por lo que, debe otorgarse viáticos hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
Que, la Hoja de Gastos Nº 066 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos por concepto de viáticos hasta un veinte por ciento (20%), que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000003, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje;
Que, con el fin de prever la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término del mismo, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Extra FAP N° 001970-2024-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicitar autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP JESÚS EDUARDO SÁEZ MENDOZA como titular, y de la Comandante FAP CRISTINA CASANOVA FERNÁNDEZ PRADA como 1er suplente y del Coronel FAP VÍCTOR EDWARD DÍAZ MORALES como 2do suplente, para participar en el Curso “Principios de la Gestión de Adquisiciones de Defensa”; así como, autorizar su salida del país el 12 de julio y su retorno el 27 de julio de 2024, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;
Que, con el Oficio N° 01938-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 528-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;
Que, con Informe Legal N° 01123-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Curso “Principios de la Gestión de Adquisiciones de Defensa”, a realizarse en el International Defense Acquisition Resource Management/Institute for Security Governance (IDARM/ISG), ubicado en la ciudad de Monterrey, estado de California, Estados Unidos de América, del 13 al 26 de julio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 12 de julio y su retorno el 27 de julio de 2024:
Coronel FAP |
JESÚS EDUARDO SAÉZ MENDOZA |
Titular |
DNI N° 43585264 |
NSA N° 96532 |
|
Comandante FAP |
CRISTINA CASANOVA FERNÁNDEZ PRADA |
1er Suplente |
DNI N° 40697814 |
NSA N° 96892 |
|
Coronel FAP |
VÍCTOR EDWARD DÍAZ MORALES |
2do Suplente |
DNI N° 16711138 |
NSA N° 96365 |
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos:
US$ 440.00 x 14 días x 1 persona x 20% US$ 1,232.00
Total a pagar: US$ 1,232.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 5.- El Oficial Superior autorizado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2305752-1