Ordenanza Municipal que aprueba la modificación de la Ordenanza Nº 067-MDMP que reglamenta los Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) para la participación vecinal en el distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 170-MDMP
Mi Perú, 6 de junio de 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ
VISTO:
En la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Memorando N° 587-2024-MDMP/GM, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal N° 193-2024-OGAJ/MDMP, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el memorando N° 375-2024-MDMP/OGPP suscrito por el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 575-2024-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal y el Informe N° 149-2024-MDMP/GDSVE, de la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico, sobre la modificación de la ORDENANZA Nº 067 QUE REGLAMENTA LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS) PARA LA PARTICIPACIÓN VECINAL EN EL DISTRITO DE MI PERÚ y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú en su artículo 192 y 194º, modificada por la Ley de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunspección territorial.
Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 73 de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos locales asumen competencia y ejercen funciones, con carácter exclusivo o compartido en materia de participación vecinal, 5.1 Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, 5.2 Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización, 5.3 Organizar los registros de Organizaciones sociales y vecinales en su jurisdicción.
Que, con la Ordenanza Nº 067-MDMP, se Reglamenta los Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) para la Participación Vecinal en el distrito de Mi Perú, así como el registro en el marco de la normatividad vigente y la promoción de la participación vecinal en la gestión del desarrollo social, que en la precitada ordenanza figura como unidad orgánica responsable, la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos.
Que, a través del Informe N° 149-2024-MDMP/GDSVE, la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico, propone la modificación de la ORDENANZA Nº 067 que reglamenta los procedimientos para el Reconocimiento y Registro Único De Organizaciones Sociales (RUOS) para la participación vecinal en el distrito de Mi Perú, con objeto de brindar el apoyo necesario a las organizaciones sociales de base, siendo que su labor es sin fines de lucro y en beneficio de toda la población del distrito, fomentando la participación y la igualdad entre quienes desean participar en las organizaciones sociales del distrito, por lo que propone la modificación del artículo Nº 26 de la citada ordenanza.
Asimismo, indica que con Ordenanza Nº 151-MDMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2023, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, modificándose la denominación de unidad orgánica Gerencia de Desarrollo Social y Económico a la denominación actual Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico.
Que, mediante el informe Nº 046-2024-MDMP-OGAJ/MDMP, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre la propuesta de modificatoria de la Ordenanza Nº 067-MDMP.
Que, mediante el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las Municipalidades provinciales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa, tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º de la misma ley.
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 151-MDMP, se aprobó la modificatoria Parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Mi Perú.
Que, las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º numeral 8 y artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el pleno del consejo Municipal con voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba la siguiente;
“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 067-MDMP QUE REGLAMENTA LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS) PARA
LA PARTICIPACIÓN VECINAL EN EL
DISTRITO DE MI PERÚ”.
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo N° 26 de la Ordenanza Nº 067-MDMP; conforme al anexo que forma parte integra de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia de Desarrollo Social Vecinal y Económico de dar cumplimiento a la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que los anexos señalados en el artículo primero del presente dispositivo serán publicados en el portal web de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe)
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria y Gestión Documentaria la Publicación de la presente ordenanza Municipal en el diario oficial el Peruano y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación en el Portal Institucional (www.munimiperu.gb.pe)
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
IRVIN T. CHAVEZ LEON
Alcalde
2300217-1