Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 074/MDMP en la sección de vía C-C de la Calle Sotomayor en el Asentamiento Humano Villa Escudero
ORDENANZA Nº 169-MDMP
Mi Perú, 23 de mayo del 2024
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, el Memorando Nº 530-2024-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 182-2024/MDMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 519-2024-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 045-2024/MDMP-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 018-2024/MDMP-GDU-SGIP-CAHC, del Especialista en Ejecución de Obras Publicas, el Informe Nº 324-2024-MDMP/GDU/SGIP de la Subgerencia de Inversiones Públicas, el Oficio Nº 000324-2024-GRC/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional del Callao.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el artículo IV de la acotada Ley establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo 161º numeral 7.2 cardinal 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa que es competencia y función metropolitana especial, la planificación, regulación y gestión del tránsito urbano de peatones y vehículos, en mérito a ello mediante ordenanza Nº 341/MML se actualiza el sistema vial metropolitano que define la estructura vial del área metropolitana de Lima y Callao, la clasificación de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas, y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, vías locales, por su parte el artículo 5º de la referida ordenanza señala que corresponde a las municipalidades distritales la definición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Locales de su circunscripción;
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 014-2003-MPC, el Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao aprueba el Plan del Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao, de igual forma el artículo quinto de la referida ordenanza faculta a las municipalidades distritales la definición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vías de las Vías Locales;
Que, mediante Ordenanza Nº 074/MDMP de fecha 05 de octubre del 2021, se aprobó las Secciones de Vías de las Calles y/o Pasajes del Asentamiento Humano Villa Escudero – Distrito de Mi Perú – Callao – Callao;
Que, mediante oficio Nº 000324-2024-GRC/GRI la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional del Callao, solicita pronunciamiento con respecto al Expediente Técnico de la Prestación Adicional Nº 02, ya que se presentará una modificación de sección vial en un tramo de la calle Sotomayor, esto debido a petición derivada por ciudadanos del sector propietarios de las viviendas ubicadas en la Mz. C’ con carta enviada a la residencia de la obra “CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL AA.HH. VILLA ESCUDERO, DISTRITO DE MI PERU - CALLAO - CALLAO”, con Código Único Nº 2334699;
Que, mediante el Informe Nº 045-2024-MDMP/GDU, informe Nº 324-2024-MDMP/GDU/SGIP de la Subgerencia de Inversiones Públicas e informe Nº 018-2024/MDMP-GDU-SGIP-CAHC y con la finalidad que se continúe y culmine con la ejecución de la obra “CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL AA.HH. VILLA ESCUDERO, DISTRITO DE MI PERU - CALLAO - CALLAO”, se solicita la conformidad y se apruebe la modificación de la Ordenanza Nº 074/MDMP y como consecuencia la sección de vía C – C de la Calle Sotomayor adyacente a la Mz. C’ mediante una Ordenanza;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 182-2024-MDMP/OGAJ, indica que es viable que mediante Ordenanza se modifique la Ordenanza Nº 074-MDMP, Ordenanza que aprueba las secciones de vías de las calles y/o pasajes del Asentamiento Humano Villa Escudero.
Estando a lo expuesto con lo prescrito por el numeral 8 del Artículo 9º, y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA
ORDENANZA Nº 074/MDMP EN LA SECCIÓN
DE VÍA C –C DE LA CALLE SOTOMAYOR EN
EL AA. HH. VILLA ESCUDERO
Artículo Primero.- APROBAR la Modificación de la Ordenanza Nº 074/MDMP QUE APRUEBA LA SECCION DE VIAS DEL Asentamiento Humano Villa Escudero del distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos;
Artículo Segundo.- APROBAR la Modificación de la sección de vía C – C de la calle Sotomayor adyacente a la Mz. C’, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza, según los considerandos expuestos;
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, así como a la Subgerencia de Inversiones Públicas y demás unidades orgánicas competentes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria y Gestión Documentaria la publicación del texto de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la misma, incluyendo su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. (www.munimiperu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
IRVIN T. CHAVEZ LEON
Alcalde
ANEXO
Sección de vía C – C aprobada con
Ordenanza Nº 074/MDMP
Propuesta de sección de vía C – C
Elemento |
Nomenclatura |
Descripción |
Vereda |
V |
Elemento de 1.20 metros de ancho mínimo. |
Jardín |
J |
Elemento con medida variable de 1.60 - 1.80 metros. |
Pista |
P |
Elemento de una vía con 2 carriles ambos sentidos, con una medida estable de 6.00 metros. |
Jardín – Acceso |
J – A |
Elemento con medida variable de 7.65 - 7.95 metros, la accesibilidad podrá ser con rampa y/o gradas. |
Vereda |
V |
Elemento de 1.20 metros de ancho mínimo. |
2293108-1