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Declaran como Área de Conservación Regional a las Aguas Turquesas y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca distrito de Huancaraylla provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho

Declaran como Área de Conservación Regional a las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho

consejo regional

Ordenanza Regional

Nº 014-2023-GRA/CR

Ayacucho, 29 de diciembre de 2023

EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO.

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, es Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2023, deliberó el Dictamen Nº 012-2023-GRA/CR-CPPTC-P, del proyecto de Ordenanza Regional que aprueba “Declarar como área de conservación regional e interés público y prioridad regional la protección, conservación y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el paisaje natural circundante de la comunidad de Circamarca, distrito: Huancaraylla, provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho”; presentado por la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo del Consejo Regional de Ayacucho; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 192º, Capítulo XIV, del Título IV, sobre la Estructura del Estado y de la Descentralización, reformada por la Ley Nro. 27680, señala que los Gobiernos Regionales deben promover el desarrollo y la economía Regional, como fomentar las inversiones, las actividades y los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la norma citada, dispone que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley Nro. 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, prescribe que, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la mencionada Ley;

Que, en Artículo 6º de la Ley Nro. 27783, Ley de Bases de la Descentralización, concordante con el artículo 10º, inciso c), numeral 2 de la Ley Nro. 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como competencia de los Gobiernos Regionales, la promoción, gestión y regulación de las actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondiente al sector turismo, y los literales a), d) y f) del artículo 63º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función del Gobierno Regional en materia turismo: el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales, promover el desarrollo turístico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales y coordinar con los gobiernos locales las acciones en materia de turismo de alcance regional;

Que, mediante Memorial Nro. 06 de fecha 25 de julio del 2023, el señor alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Circamarca, distrito de Huancaraylla provincia Víctor Fajardo solicita emisión de la Ordenanza Regional que aprueba “Declarar como área de conservación regional e interés público y prioridad regional la protección, conservación y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el paisaje natural circundante de la comunidad de Circamarca, distrito: Huancaraylla, provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho. Debido a que las “Aguas turquesas” es un atractivo turístico, en la que están inmersos un conjunto de paisajes de gran belleza y singularidad, que coexiste en armoniosa relación con las actividades de las comunidades campesinas, quienes han desarrollado formas de organización para el uso adecuado de sus recursos naturales. Esta belleza escénica se ubica en la cuenca de las montañas de Circamarca en el distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo del departamento de Ayacucho. Las aguas turquesas es un apetecido destino turístico que oculta uno de los paisajes más grandiosos de Ayacucho. La propuesta fue socializada por el señor Consejero Regional Cristian Rafael Palomino Cárdenas, que adjunta el Oficio Nro. 1490-2023-GRA/GRDE-DIRETUR-DR emitido por el Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo que a su vez anexa el Informe Nro. 054-2023-GRA/GG-GRDE-DIRCETUR/ATCACHC/ACR, del 20 de setiembre 2023, emitido por Arq. Adán Castilla Rivera de la Dirección de Turismo quien en la parte final de su informe, RECOMIENDA “(…) al Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, “Declarar de Interés y Prioridad Regional la Protección y Conservación de las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, Distrito: Huancaraylla, Provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho”. (…)”.Informe técnico Nro. 05-2023-GRA/GRRNGMA/WAH-G emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien, menciona “(…)quien sustenta la ordenanza regional “Declarar de Interés y Prioridad Regional la Protección y Conservación de las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito: Huancaraylla, provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho”.(…)”. Y la Opinión Legal No. 09-2023-GRA/CR-ST-YJFM de fecha 13 de diciembre 2023, emitido por Abog. Yeny Judith Farfan Mendoza, quien manifiesta en la parte final de su informe, CONCLUSIÓN “(…) se apruebe el proyecto de ordenanza regional “Declarar como área de conservación regional e interés público y prioridad regional la protección, conservación y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el paisaje natural circundante de la comunidad de Circamarca, distrito: Huancaraylla, provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho”, por los fundamentos señalados..(…)”;

Que, la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo, de conformidad con los artículos 19º y 141º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho del Gobierno Regional de Ayacucho, con el voto unánime de los miembros de la Comisión emite Dictamen del Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba “DECLARAR, como área de conservación regional e interés público y prioridad regional la protección, conservación y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el paisaje natural circundante de la comunidad de Circamarca, distrito: Huancaraylla, provincia: Víctor Fajardo – Ayacucho. Un destino que solo puede ser apreciado en temporadas sin lluvia, porque es el sol el que le da ese color único y los minerales son arrastrados por la elevada corriente de agua del río. Cabe señalar que la iniciativa regional presentando por el Consejero Regional Cristhian Rafael Palomino Cárdenas en coordinación con la Municipalidad del Centro Poblado de Circamarca de la provincia de Fajardo, como una alternativa al desarrollo económico en el sector de turismo para el distrito de Huacaraylla, provincia de Fajardo, departamento de Ayacucho, potencial turístico para el desarrollo del turismo vivencial;

Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, concordante con el artículo 158º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;

Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR y demás normas conexas; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, aprobó la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL

Artículo Primero.- DECLARAR, como Área de Conservación Regional a las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho”.

Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés Público y Prioridad Regional la Protección, Conservación y Puesta en valor a las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho”.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ayacucho, realizar los trámites técnico administrativos para gestionar el establecimiento del Área de Conservación Regional de las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Infraestructura en coordinación con la Dirección Regional de Estudios e Investigación y la Unidad Funcional de Estudios Definitivos de Inversión, Programas e Intervención - (UFEDIPI), la formulación del perfil y expediente técnico de proyectos de inversión pública en materia de conservación, mantenimiento y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, gestionar y/o asignar el presupuesto para el financiamiento de la implementación del Área de Conservación Regional y de los estudios de pre inversión e inversión en materia de conservación, mantenimiento y puesta en valor de las “Aguas Turquesas” y el Paisaje Natural Circundante de la Comunidad de Circamarca, distrito de Huancaraylla, provincia de Víctor Fajardo – Ayacucho.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, realizar las gestiones técnico administrativas que permitan la implementación de la presente ordenanza regional.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ayacucho y a sus órganos estructurados correspondiente, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867.

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su respectiva promulgación.

En la sede del Consejo Regional de Ayacucho a los 18 días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.

TEÓFILO CUBA CONDORI

Presidente

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.

WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ

Gobernador

2299166-1