Dan por concluida designación de fiscal superior titular mixto de Sánchez Carrión - Huamachuco, Distrito Fiscal de La Libertad, en el despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión – Huamachuco
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 1530-2024-MP-FN
Lima, 9 de julio de 2024
VISTA:
La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 034-2024-MP-FN-JFS, de fecha 27 de junio de 2024, y;
CONSIDERANDO:
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece las causales del término de la relación laboral en el cargo de fiscal, encontrándose entre estas la renuncia, desde que es aceptada.
Mediante la Resolución de vista, emitida por la Junta de Fiscales Supremos, se acepta la renuncia formulada por el abogado Jaime Santiago Zevallos Durand, al cargo de fiscal superior titular mixto de Sánchez Carrión - Huamachuco, Distrito Fiscal de La Libertad, a partir del 3 de julio de 2024.
En ese contexto cabe señalar que con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4951-2015-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2015, se designó al abogado Jaime Santiago Zevallos Durand en el despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión – Huamachuco, en virtud a su título de nombramiento otorgado a través de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 301-2015-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 17 de julio de 2015.
Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Por lo tanto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, se hace necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de dar por concluida la designación del fiscal renunciante, con eficacia anticipada, a partir del 3 de julio de 2024; en consecuencia, notificar a la Junta Nacional de Justicia para la cancelación del título del nombramiento respectivo.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficacia anticipada, la designación del abogado Jaime Santiago Zevallos Durand, fiscal superior titular mixto de Sánchez Carrión - Huamachuco, Distrito Fiscal de La Libertad, en el despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión – Huamachuco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación No. 4951-2015-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2015, a partir del 3 de julio de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado al referido fiscal, mediante la Resolución Nº 301-2015-CNM, de fecha 17 de julio de 2015.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Jaime Santiago Zevallos Durand que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General No. 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación No. 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2305227-1