Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

DECRETO DE URGENCIA

Nº 052-2020

DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA REDUCIR EL IMPACTO NEGATIVO EN LA ECONOMÍA DE LOS HOGARES AFECTADOS POR LAS MEDIDAS DE AISLAMIENTO E INMOVILIZACIÓN SOCIAL OBLIGATORIA A NIVEL NACIONAL

Mediante Oficio Nº 000454-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 052-2020, publicado en la Edición Extraordinaria del día 5 de mayo de 2020.

En el numeral 4.1 del artículo 4 (página 2):

DICE:

“Artículo 4. Aprobación de los padrones de hogares beneficiarios del subsidio monetario

4.1 El MIDIS y el MTPE aprueban mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Viceministerio correspondiente, en un periodo máximo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la información a la que se refiere en el numeral 3.5 del artículo 3 de la presente norma, los padrones que contengan el primer grupo de hogares beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el artículo 2 sobre la base de la información del Registro Nacional disponible, de acuerdo a la priorización que dichos sectores determinen.”

DEBE DECIR:

“Artículo 4. Aprobación de los padrones de hogares beneficiarios del subsidio monetario

4.1 El MIDIS y el MTPE aprueban mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Viceministerio correspondiente, en un periodo máximo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la información a la que se refiere en el numeral 3.3 del artículo 3 de la presente norma, los padrones que contengan el primer grupo de hogares beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el artículo 2 sobre la base de la información del Registro Nacional disponible, de acuerdo a la priorización que dichos sectores determinen.”

1866448-1