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Aprueban la modificación integral del Estatuto Social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.

Aprueban la modificación integral del Estatuto Social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.

Resolución SBS Nº 1301-2020

Lima, 22 de abril de 2020

La Superintendenta de Banca, Seguros

y Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante la Caja) para que esta Superintendencia le autorice la modificación integral de su Estatuto Social; y,

CONSIDERANDO:

Que, según consta en las actas de Junta General de Accionistas de la Caja, celebradas en fechas 25.10.2017 y 18.12.2018, dicho órgano aprobó la modificación integral del Estatuto Social de la Caja;

Que, la mencionada modificación tiene como principal objetivo alinear el referido Estatuto Social a las disposiciones regulatorias vigentes, entre ellas, la Ley Nº 30607, Ley que modifica y fortalece el funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito;

Que, el artículo 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias, establece que toda modificación estatutaria, distinta de las excepciones estipuladas en el mismo artículo, debe contar con la aprobación previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede la inscripción en los Registros Públicos;

Que, la Caja ha cumplido con presentar la información requerida en el procedimiento Nº 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado por resolución SBS Nº 1678-2018, la cual se encontró conforme tras su evaluación;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar, en los términos propuestos, la modificación integral del Estatuto Social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo de Supervisión y Control, y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos

de Pensiones

1866417-1