Decreto Supremo que establece la Oficina Consular del Perú en Cracovia, República de Polonia
DECRETO SUPREMO
N° 014-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, corresponde al Gobierno del Perú desarrollar una activa labor de protección y promoción de sus intereses, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural, así como precautelar los de sus nacionales, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior;
Que, mediante Resolución Suprema N° 153-2018-RE, se dieron por terminadas las funciones del señor Andrezej Krzanowski, como Cónsul Honorario del Perú en Cracovia, República de Polonia, con circunscripción en toda la región;
Que, de acuerdo a lo informado por la Embajada del Perú en Polonia, mediante mensaje Nº L-VARSOVIA2019/00547, de 17 de julio de 2019, “conforme a la normativa local vigente, el período de vacancia de un Consulado honorario no debe exceder de 03 meses. Concluido dicho período sin que un nuevo titular haya asumido el cargo, la Oficina Consular es considerada clausurada, por lo que corresponde iniciar el proceso formal de (re)apertura (…)”;
Que, al amparo de lo establecido en el artículo 40 del Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, mediante Nota Diplomática N° PD.100.212.2018/6, de 28 de agosto de 2019, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Polonia, ha manifestado su consentimiento respecto de la propuesta de reabrir el Consulado del Perú en Cracovia con circunscripción en el Voivodato de Malopolska;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; de la Sección Consular de la Embajada del Perú en Varsovia, Polonia, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares; y, el consentimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Polonia;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005/RE; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Establecimiento de la Oficina Consular
Disponer el establecimiento de la Oficina Consular del Perú en Cracovia, República de Polonia.
Artículo 2.- Establecimiento de la circunscripción de la Oficina Consular
Fijar la circunscripción consular en el Voivodato de Malopolska.
Artículo 3.- Refrendo
El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1866446-2