Ratifican el “Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)”
DECRETO SUPREMO
N° 013-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)” fue suscrito el 22 de febrero de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31019 del 9 de mayo de 2020;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)”, suscrito el 22 de febrero de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado por Resolución Legislativa N° 31019 del 9 de mayo de 2020.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1866446-1