Autorizan viaje del Alcalde a Colombia para recibir el PREMIO UIM 2023 - “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad”; con la Actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE”
ACUERDO DE CONCEJO
N° 052-2023-C/MPP
Puno, 14 de noviembre del 2023
EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO.
POR CUANTO:
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO.
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de noviembre del 2023, la Carta con registro en Secretaria de Alcaldía N° 4261-2023, de fecha 26 de junio del 2023, de la Unión Iberoamericana de Municipalidades, hace la convocatoria a los premios a grandes municipalidades “Participa y postula en las diferentes modalidades destinadas a destacar la trayectoria y el trabajo de personas que dedican su vida a la gestión pública local”, Informe N° 269-2023-MPP/GDHPC de fecha 07 de noviembre de 2023, Informe N° 02399-2023-MPP/GA-SGLCP de fecha 10 de noviembre de 2023, Informe N° 01348-2023-MPP/GPP/SGP de fecha 10 de noviembre de 2023, Opinión Legal N° 280-2023/MPP/GAJ de fecha 12 de octubre del 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el Artículo 9° Inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del País que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, establece en su artículo 1° que: “(...)Regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público (...).”. Además, precisa que, “los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos (…) Alcaldes Provinciales y Distritales, (…) y todos los funcionarios y servidores públicos de menor jerarquía del Sector Público en general, que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gasto al Estado, deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar” (…);
Que, mediante Carta con registro en Secretaria de Alcaldía N° 4261-2023, de fecha 26 de junio del 2023, la Unión Iberoamericana de Municipalidades, hace la convocatoria a los premios a grandes municipalidades “Participa y postula en las diferentes modalidades destinadas a destacar la trayectoria y el trabajo de personas que dedican su vida a la gestión pública local”, por cuanto, la Junta Directiva de INCLUSOCIAL ha resuelto mediante Resolución N° 0541 del 11 de octubre de 2023 que, Sr. Javier Ponce Roque, posee los méritos necesarios para ser designado como “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023 - Categoría: “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la municipalidad” por la Actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE”, se celebrará en el Hotel Movich Buró 26 en Bogotá - Colombia, el día sábado 25 de noviembre del presente año;
Que, con Informe N° 269-2023-MPP/GDHPC de fecha 07 de noviembre de 2023, el Mgtr. Yonell De la Cruz Cornejo - Gerente de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, señala que en caso el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y/o cualquier otro funcionario, realice cualquier viaje al extranjero, por comisión de servicios o representación de la Municipalidad Provincial de Puno, este debe ser aprobada por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo. Por lo que, opina por la viabilidad de la participación del Lic. Javier Ponce Roque Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, como ganador del premio “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad” por contar con mayor puntaje de desempeño integral de esta categoría denominado “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE”;
Que, con Hoja de Coordinación N° 1339-2023-MPP/GA/LBMC de fecha 09 de noviembre de 2023, el CPC. Luis Beltrán Machaca Canaza - Gerente de Administración, señala que, en concordancia con el numeral 9.2 y 12.2 de la “Directiva de otorgamiento de viáticos y asignaciones por comisión de servicios para los funcionarios, servidores públicos y CAS de la MPP”, se procedió con el cálculo de viáticos conforme sigue: Por cada día de viaje por comisión de servicio del Sr. Alcalde corresponde el monto de S/ 380.00. Los pasajes vía aérea y/o terrestre, se realiza mediante pedido en el SIGA en coordinación con la Sub Gerencia de Logística, cuyo costo de pasajes se encuentra sujeto a la cotización con las agencias de viaje, corroborado con el Informe N° 02399-2023-MPP/GA-SGLCP de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Sub Gerente de Logística y Control Patrimonial, que señala lo siguiente: “1) Que, la estimación presupuestal se realiza con el tipo de cambio de S/ 3.797 porcada dólar americano, 2) Pasaje de ida Juliaca Lima S/ 567.92 ($149.57), 3) Pasaje Lima - Bogotá S/ 2,058.70 ($542.19), 4) Pasaje Bogotá - Lima S/ 2,519.35 ($663.51), 5) Pasaje Lima -Juliaca S/ 592.67 ($156.09), 6) Dichas cotizaciones se realizaron al 10 de noviembre del presente año, en la Plataforma Electrónica de LATAM AIRLINES PERÚ S.A., 7) Los pasajes aéreos de ida y retorno desde la ciudad de Juliaca hasta Bogotá, se encuentra en un estimado por un monto total de USD 1,511.36 lo que al tipo de cambio actual corresponde a S/ 5,738.63 (cinco mil setecientos treinta y ocho con 63/100 soles), POR PASAJERO, lo cual está sujeto a variación dependiendo la fecha en que se realizará la compra del pasaje”;
Que, según el Informe N° 01348-2023-MPP/GPP/SGP de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Sub Gerencia de Presupuesto, precisa que, es de opinión favorable de disponibilidad presupuestal por concepto de viáticos en concordancia al numeral 7.5 de la “Directiva de otorgamiento de viáticos y asignaciones por comisión de servicios para funcionarios, servidores públicos y CAS de la MPP”, según el artículo 5o del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM y modificatorias. Asimismo, en referencia a los pasajeros aéreos de viaje de ida y retorno de Juliaca a Bogotá (Colombia) a favor del Sr. Alcalde están en base a la estimación presupuestal de la Sub Gerencia de Logística, el mismo que será financiado con la fuente de financiamiento Recursos Determinados, Clasificador 2.3.2.1.2.2. Viáticos y asignaciones por comisiones de servicios;
Que, con Informe N° 1222-2023-MPP/GPP de fecha 13 de noviembre de 2023, la CPC. Marleny Nanceo Mamani - Gerente de Planificación y Presupuesto, remite la opinión favorable de disponibilidad presupuestal en la secuencia funcional 0073: Monitorear y evaluar el cumplimiento de los planes de desarrollo local, para la participación del Titular de la Municipalidad Provincial de Puno como ganador en los premios “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad”, por contar con el mayor puntaje de desempeño integral del denominado “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE”, conforme al Informe N° 01348-2023-MPP/GPP/SGP;
Que, el viaje al extranjero de los servidores y funcionario públicos, irroga presupuesto a la Entidad, también es de aplicación lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 1° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el cual establece que: “(...) Durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económico, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (...)”;
Que, por consiguiente, conforme a lo expuesto en caso el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal, y/o cualquier otro funcionario, realice cualquier viaje al extranjero, por comisión de servicios en representación de la Municipalidad Provincial de Puno, esto debe ser aprobado por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo. Así también, en caso dicho viaje irrogue presupuesto a la Entidad, la disposición de presupuesto también deberá ser puesta a consideración del Concejo Municipal; además, de considerar lo establecido en el numeral 11.1 del Artículo 11° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y el artículo 1° de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
Que, en el mismo sentido, conforme lo prevé el Artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 27619 aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. Por lo que, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad;
Que, en ese contexto, es de mencionar que a través de la denominada actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE” de la Municipalidad Provincial de Puno, se atiende a la población de la provincia de Puno, con los diferentes servicios municipales (servicios de salud, jurídicos, ambientales, entre oíros), al mismo tiempo es realizada en el marco de lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, la cual en su numeral 5.2 del artículo 73° indica que es competencia municipal: “Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local”; así como, lo previsto en su artículo 113° mismo que señala: “el vecino de la jurisdicción municipal, puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia mediante uno o más de los mecanismos siguientes:... inc. 6.- Participación a través de Juntas Vecinales de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunes, Sociales a otras similares de naturaleza vecinal”;
Que, asimismo, la actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE” considera lo previsto en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como finalidad de los Gobiernos Locales, que estos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su suscripción; además, de considerar lo previsto en su artículo 73° el cual señala que, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas con carácter exclusivo o compartido, en las materias como: (...) 2. Servicios públicos locales 2.1. Saneamiento ambiental, salubridad y salud. 2.2. Tránsito, circulación y transporte público. 2.3. Educación, cultura, deporte y recreación. 2.4. Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos. 2.5. Seguridad ciudadana. 2.6. Abastecimiento y comercialización de productos y servicios. 2.7. Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a ley. 2.8. Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo. (...);
Que, los PREMIOS UIM 2023, se presentan experiencias sobre temas referentes a los gobiernos y a las Administraciones municipales iberoamericanas, modelos, funcionamiento, prácticas innovadoras en la gestión pública, financiación, servicios públicos, organización, estructura y régimen jurídico. Experiencias que se llevan a cabo desde una perspectiva histórica, sociológica, económica, política y/o jurídica. Siendo esto, es la actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE” de la Municipalidad Provincial de Puno representada por su Alcalde - Lic. Javier Ponce Roque, la cual se ha enmarcado en los criterios de calificación de los PREMIOS UIM 2023 - “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad”; con lo que, la Municipalidad Provincial de Puno logra un reconocimiento internacional;
Que, entonces, conforme la normativa expuesta en los párrafos anteriores, en caso el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal, y/o cualquier otro funcionario, realice cualquier viaje al extranjero, por comisión de servicios o representación de la Municipalidad Provincial de Puno, como es lo del presente caso, esto debe ser aprobado por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo. Asimismo, en caso dicho viaje irrogue presupuesto a la Entidad, la disposición de presupuesto también deberá ser puesta a consideración del Concejo Municipal. Conforme a ello, el presente caso, se debe tener en cuenta la opinión viable de disponibilidad presupuestal para pasajes y viáticos de la Gerencia de Planificación y Presupuesto (Informe N° 01348-2023-MPP/GPP/SGP de fecha 10 de noviembre de 2023, del Ing. Econ. David Elíseo Mamani Quisocala - Sub Gerente de Presupuesto);
Que, a través de la Opinión Legal N° 280-2023/MPP/GAJ de fecha 12 de octubre del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye en su opinión que: “ES VIABLE autorizar el viaje al exterior, viáticos y pasajes a la ciudad de Bogotá - Colombia, del Lic. Javier Ponce Roque - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, que en representación de esta recibirá el PREMIOS UIM 2023 - “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad”; con lo que, la Municipalidad Provincial de Puno logra un reconocimiento internacional. Reconocimiento que se llevará a cabo en fecha 25 de noviembre del presente año, celebrado en el Hotel Movich Buró 26 en Bogotá -Colombia. En consecuencia, se someta a Sesión de Concejo para su debate, discusión y posible aprobación de los señores Regidores; de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9°, y artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por ello, corresponde elevar los presentes actuados al Pleno del Concejo Municipal por Intermedio de Secretaría General.”;
Estando a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y a lo dispuesto en Sesión Ordinaria de Concejo, el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD dictó el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero con destino a la ciudad de Bogotá – Colombia del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, LIC. JAVIER PONCE ROQUE, quien recibirá el PREMIO UIM 2023 - “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2023” - Categoría “Mejor programa de descentralización de los servicios ofertados por la Municipalidad”; con la Actividad “PUNO RENACE CON LA MUNI A TU ALCANCE” de la Municipalidad Provincial de Puno, con lo que, la Municipalidad Provincial de Puno logra un reconocimiento internacional. Reconocimiento que se llevará a cabo en fecha 25 de noviembre del presente año, celebrado en el Hotel Movich Buró 26 en Bogotá -Colombia; autorización que comprende por el periodo del 24 al 26 de noviembre del 2023, según los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR el egreso que demande el costo de los pasajes aéreos, Juliaca – Lima, Lima – Bogotá y viceversa, en mérito a la autorización otorgada en el artículo precedente y conforme al Informe N° 01348-2023-MPP/GPP/SGP de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Sub Gerencia de Presupuesto, y el Informe N° 02399-2023-MPP/GA-SGLCP de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Sub Gerente de Logística y Control Patrimonial.
Artículo Tercero.- DELEGAR las atribuciones políticas del Titular del Pliego, al Tercer Regidor hábil el Sr. HENRY JESÚS FLORES VILLASANTE, y DELEGAR las atribuciones administrativas a la Gerente Municipal Prof. NANCY ROSSEL ANGLES, el 24 noviembre del presente año.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Planificación y Presupuesto, el cumplimiento del presente acuerdo.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación del presente acuerdo de concejo a quien corresponda, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina de Tecnología e Informática su publicación en el portal institucional: https://portal.munipuno.gob.pe/.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER PONCE ROQUE
Alcalde
2303121-1