Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Panamá
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 196-2024-MINCETUR
Lima, 4 de julio 2024
VISTO, el Oficio N° 000373-2024-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 10 y 11 de julio de 2024, PROMPERÚ llevará a cabo el evento “Promoción del Perú Service Summit 2024 en Panamá”, con la finalidad de promover la oferta exportable peruana del sector de servicios en el mercado panameño y captar a potenciales empresas para que participen en el Perú Service Summit Lima 2024, encuentro empresarial que se realizará del 14 al 18 de octubre de 2024, en la ciudad de Lima, República del Perú;
Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento, permitirá promover la competitividad de las empresas peruanas del sector de servicios, que ofrecen soluciones a los sectores de consumo masivo, venta al detalle, banca y finanzas, agroindustria, y servicios; así como identificar oportunidades comerciales y las principales barreras de acceso para las empresas de servicios peruanas en el mercado panameño;
Que, es de interés institucional la participación del señor David Abraham Edery Muñoz, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en el referido evento, para que en representación de PROMPERÚ realice las acciones de promoción de las exportaciones;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor David Abraham Edery Muñoz, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 9 al 11 de julio de 2024, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el evento “Promoción del Perú Service Summit 2024 en Panamá”, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego Presupuestal 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos x día US$ |
Total Viáticos US$ |
David Abraham Edery Muñoz |
522,89 |
América Central |
315,00 x 2 |
630,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince días (15) calendario siguientes a su retorno al país, el señor David Abraham Edery Muñoz, presenta a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH GALDO MARÍN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2304146-1