Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
N° 000110-2024-ITP/DE
San Isidro, 6 de julio del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 001416-2024-CG/GRECE, de fecha 27 de junio de 2024, del Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 004083-2024-ITP/OPPM, de fecha 04 de julio de 2024, y el Memorando N° 004121-2024-ITP/OPPM, el cual hace suyo el Informe Técnico N° 000095-2024-ITP/PRESUPUESTO, ambos de fecha 04 de julio de 2024, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante OPPM); el Informe N° 000296-2024-ITP/OAJ, de fecha 05 de julio de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), estableciendo en su artículo 1 que, el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;
Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Ejecutiva N° 000213-2023-ITP/DE, de fecha 28 de diciembre del 2023, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2024 del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 154’896,198.00 (ciento cincuenta y cuatro millones ochocientos noventa y seis mil ciento noventa y ocho con 00/100 soles).
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual establece en el tercer párrafo del numeral “7.2 Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría”, que las entidades son incorporadas en los Concurso Público de Méritos, luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y su modificatoria;
Que, mediante Resolución de Concesión de Subvención, Ref. Expediente N° 2020/SPE/0000400200, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), concede una subvención dineraria a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), por el importe de 700.000 € (setecientos mil euros), con la finalidad de financiar la intervención “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones de Piura, la Libertad, Cajamarca y San Martín”;
Que, a través de la Notificación N/REF.AECID-093-2023, de fecha 21 de marzo de 2023, nos remite la Notificación de Acuerdo de 2° Ampliación de plazo de ejecución de resolución de concesión de subvención de cooperación internacional del expediente 2020/SPE/000400200, “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones de Piura, la Libertad, Cajamarca y San Martín”, donde se acuerda la ampliación del plazo de ejecución por 12 meses conforme lo solicitado por la Entidad, fijando el 23 de mayo de 2024 como nueva fecha límite para ejecutar la actividad y el 23 de agosto de 2024 como nueva fecha límite para la justificación de los fondos;
Que, con Acta de Reunión de Seguimiento ITP – AECID, celebrada con fecha 24 de enero de 2024, los representantes del AECID y el ITP acordaron aprobar la actualización del Plan Operativo del Proyecto (POP) 2021 – 2024;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se faculta a la Contraloría General de la República, durante el Año Fiscal 2024, para contratar a las sociedades de auditoría, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, con la finalidad de que realicen cualquier labor de control gubernamental externo en las entidades sujetas a control. La implementación de la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, asimismo, la norma referida establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publica el diario oficial “El Peruano”;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, se aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual establece en el tercer párrafo del numeral “7.2 Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría” que, las entidades son incorporadas en los Concurso Público de Méritos, luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y su modificatoria;
Que, mediante Oficio N° 001416-2024-CG/GRECE, de fecha 27 de junio de 2024, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita a la Oficina de Administración del ITP realizar la transferencia de recursos e información para designar y contratar una sociedad de auditoría, que realice la auditoria financiera al Instituto Tecnológico de la Producción – Proyecto “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones Piura, La Libertad, Cajamarca y San Martín”, por el importe de S/ 33,520.00 (treinta y tres mil quinientos veinte con 00/100 soles), por el 100% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo del 17 de diciembre de 2020 al 23 de agosto de 2024; y, por el importe de S/ 1,704.00 (un mil setecientos cuatro con 00/100 soles), para el pago por concepto de designación por el periodo 2023, en mérito a lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 005-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoria para la Ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG;
Que, al respecto, con Memorando N° 004121-2024-ITP/OPPM, el cual hace suyo el Informe Técnico N° 000095-2024-ITP/PRESUPUESTO, de fecha 04 de julio de 2024, la OPPM emite opinión técnica favorable a fin de que el Director Ejecutivo, en su calidad de Titular del Pliego, autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 33,520.00 (treinta y tres mil quinientos veinte con 00/100 soles), por el 100% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo del 17 de diciembre de 2020 al 23 de agosto de 2024, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al Proyecto “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones Piura, La Libertad, Cajamarca y San Martín”, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
Que, en el citado informe técnico la OPPM, respecto al importe de S/ 1,704.00 (un mil setecientos cuatro con 00/100 soles), detalla que se deberá realizar las acciones administrativas pertinentes a fin de cumplir con el pago por concepto de designación por el periodo 2023, a favor de la Contraloría General de la República;
Que, cabe señalar que, mediante Memorando N° 004083-2024-ITP/OPPM, de fecha 03 de julio de 2024, la OPPM comunicó la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000003555, por el importe total de S/ 35,224.00 (treinta y cinco mil doscientos veinticuatro con 00/100 soles), con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio fiscal, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, a fin de cubrir con los recursos presupuestales suficientes para atender lo solicitado en el Oficio N° 001416-2024-CG/GRECE;
Que, en ese contexto, a través del Informe N° 000296-2024-ITP/OAJ, de fecha 05 de julio de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable que el Director Ejecutivo, en su calidad de Titular del Pliego, autorice la trasferencia financiera en cuestión, en los términos propuestos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
Con los vistos de la Secretaría General, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en lo que corresponde a sus respectivas funciones; y;
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, hasta por la suma de S/ 33,520.00 (treinta y tres mil quinientos veinte con 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al Proyecto “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones Piura, La Libertad, Cajamarca y San Martín” del periodo 17 de diciembre de 2020 al 23 de agosto de 2024.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos (APNOP), Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5005485 Fortalecimiento de los Centros de Innovación Tecnológica - CITE, específicas del gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del Gobierno Nacional”, por el importe de S/ 33,520.00 (treinta y tres mil quinientos veinte con 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias.
Artículo 3.- Acciones Administrativas
La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer que la presente Resolución se publique en el portal web del Instituto Tecnológico de la Producción ITP (https://www.gob.pe/itp) y en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO DANTE MAURER FOSSA
Director Ejecutivo
Instituto Tecnológico de la Producción
2304515-1