Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín S.A. - EMAPA SAN MARTIN S.A. y de la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Abancay S.A. - EPS EMUSAP ABANCAY S.A.
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº 237-2024-VIVIENDA
Lima, 4 de julio de 2024
VISTOS:
El Informe Nº 444-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorándum Nº 1134-2024-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 475-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº 565-2024-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;
Que, mediante el Informe Nº 444-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentada en los Informes Nº 445-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y Nº 073-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de la Unidad de Asesoría Legal, en el Memorando Nº 2236-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe Nº 573-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y en el Informe Nº 653-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de la Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar las transferencias financieras a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín S.A. - EMAPA SAN MARTIN S.A. hasta por la suma de S/ 740 353,00 (SETECIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) y de la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Abancay S.A. - EPS EMUSAP ABANCAY S.A. hasta por la suma de S/ 3 852 878,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2483010 y la continuidad de la ejecución y supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2394369, respectivamente; para lo cual señala que se han suscrito las adendas a los convenios correspondientes;
Que, con el Memorándum Nº 1134-2024-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº475-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 740 353,00 (SETECIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A. y hasta por la suma de S/ 3 852 878,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) a favor de la EPS EMUSAP ABANCAY S.A., en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad de financiar la supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2483010 y la continuidad de la ejecución y supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2394369, respectivamente; asimismo, señala que se cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el Informe Técnico Nº 464-2024/VIVIENDA/OGPP-OI;
Que, mediante el Informe Nº 565-2024-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias financieras a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A. y de la EPS EMUSAP ABANCAY S.A.;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 4 593 231,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A. y de la EPS EMUSAP ABANCAY S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 00009-2024-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 740 353,00 (SETECIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín S.A. - EMAPA SAN MARTIN S.A., para financiar la supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2483010: “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y saneamiento básico en 13 AA.VV del distrito de la Banda de Shilcayo - provincia de San Martín - departamento de San Martín”.
Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS EMUSAP ABANCAY S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 3 852 878,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Abancay S.A. - EPS EMUSAP ABANCAY S.A., para financiar la continuidad de la ejecución y supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2394369: “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario de los sectores Molinopata Baja, Santa Rosa, Valle Real, Rinconcito Abanquino y Amancaes del distrito de Abancay - provincia de Abancay - departamento de Apurímac”.
Artículo 3.- Financiamiento
Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios
Artículo 4.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Verificación y Seguimiento
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la verificación y seguimiento del avance físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y sus adendas y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2304137-1