Autorizan viaje de funcionario diplomático a Paraguay, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 0514-2024-RE
Lima, 3 de julio de 2024
VISTOS:
El Memorándum Nº DAE008822024, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 20 de junio de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2621 del Despacho Viceministerial, de 21 de junio de 2024; el Memorándum Nº OPP019692024, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y su proveído, de 24 y 25 de junio de 2024, respectivamente, que otorgaron la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP019732024 de la Oficina de Administración de Personal, de 24 de junio de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo de la política exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial;
Que, la política exterior del Perú otorga especial importancia al proceso de integración regional;
Que se ha recibido la invitación de la República del Paraguay, en su calidad de Presidencia Pro Tempore del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), para la participación en la CXIV Reunión Ordinaria del Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 6 al 7 de Julio de 2024;
Que, de igual forma, la LXIV Reunión Ordinaria del Consenso del Mercado Común (CMC) y de la Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR y Estados Asociados, se realizará en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 8 de julio de 2024, siendo una actividad que permitirá identificar los logros alcanzados en el MERCOSUR, abordar los desafíos y seguir ampliando y profundizando los vínculos de integración;
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores realiza, conforme a sus competencias de manejo de la política exterior, un atento seguimiento a los temas que serán abordados en las referidas reuniones;
Que, se estima importante la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Farit Docarmo Delgado, Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos, y Coordinador Alterno del Perú ante el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR, como miembro de la delegación que participará en la LXIV Reunión Ordinaria del Consenso del Mercado Común (CMC) y de la Cumbre de Jefes de Estado del Mercosur y Estados Asociados, a fin de dar debido seguimiento político y diplomático al tema;
Que, por razones de itinerario, el viaje del mencionado funcionario diplomático a la ciudad de la Asunción, República del Paraguay, será del 6 al 9 de julio de 2024; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Farit Docarmo Delgado, Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos, y Coordinador Alterno del Perú ante el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 6 al 9 de julio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (252) 0090930 Integración y negociaciones económicas internacionales, y Código POI: AOI00004500049 Fortalecimiento de esquemas de integración regional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Farit Docarmo Delgado |
1,014.05 |
370.00 |
3 + 1 |
1,480.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Javier González-Olaechea Franco
Ministro de Relaciones Exteriores
2304088-1