Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan la Condecoración Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a diversas Cooperativas Agrarias

Otorgan la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” a diversas Cooperativas Agrarias

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0232-2024-MIDAGRI

Lima, 4 de julio de 2024

VISTOS:

El proveído del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del 02 de julio de 2024; el Memorando N° 0294-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros que adjunta el Informe N° 0015-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DADE-VAYAC de la Dirección de Asociatividad y Desarrollo Empresarial; y, los Informes N° 0795-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ y N° 803-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales vinculadas a su ámbito competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, de acuerdo a lo establecido con el numeral 2 del artículo 7 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el MIDAGRI en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover, entre otras, la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; la organización de los productores agrarios y la identificación y estructuración de cadenas productivas; y, el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional;

Que, a fin de integrar y ordenar al sector agrario y de riego en materia de asociatividad, el MIDAGRI aprueba los “Lineamientos para implementar procesos de asociatividad empresarial en el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” mediante Resolución Ministerial N° 218-2021-MIDAGRI, en el cual se dispone que la asociatividad empresarial con énfasis en el modelo cooperativo es el priorizado en el sector agrario y de riego, ya que a través de dicho modelo se fortalecen las capacidades empresariales, financieras, de producción, transformación y comercialización de los productores agrarios de la agricultura familiar para generar cadenas de valor y rentabilidad, mejorando su calidad de vida;

Que, en el artículo 18 de la Ley N° 31335, Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, se establece que el MIDAGRI es el sector encargado de la promoción, fomento, asistencia técnica, supervisión y gestión del sistema de información de las cooperativas agrarias; asimismo, en el artículo 26 de la citada Ley, se dispone la creación del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias a cargo del MIDAGRI, en el cual deben inscribirse, entre otras, las cooperativas agrarias de usuarios, habiéndose inscrito en dicho Registro seiscientos once (611) organizaciones cooperativas agrarias, las que representa un total de setenta ocho mil quinientos ochenta y ocho (78,588) socios/as productores/as agrarios/as;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS es el órgano de línea encargado de conducir la implementación de acciones para la promoción de la asociatividad, el desarrollo empresarial y el financiamiento del sector agrario y de riego, facilitando la articulación del circuito productivo y comercial agrario con el sistema financiero y de seguros;

Que, mediante el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0712-2009-AG, precisada por Resolución Ministerial N° 0271-2018-MINAGRI y modificada por la Resolución Ministerial N° 0172-2021-MIDAGRI, se crea la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, a ser conferida por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión pública;

Que, con Resolución A/RES/47/90, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclama el Día Internacional de las Cooperativas al primer sábado de julio de cada año;

Que, en el marco de dicha celebración, la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros remite el Memorando de vistos, adjuntando el Informe N° 0015-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DADE-VAYAC de la Dirección de Asociatividad y Desarrollo Empresarial, en el cual se señala que como resultado de la aplicación de los criterios de evaluación, calificación y selección para el otorgamiento de la condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” para las cooperativas agrarias en el marco del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias, se ha seleccionado a los ganadores en las categorías “agrícola”, “ganadera” y “empoderamiento de la mujer productora agraria”;

Que, en consecuencia, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” a las cooperativas seleccionadas por la Dirección General de Asociatividad Servicios Financieros y Seguros;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; y la Resolución Suprema N° 163-2024-PCM, que encarga el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor Julio Javier Demartini Montes, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto dure la ausencia del Titular;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” a la Cooperativa Agraria Cafetalera la Prosperidad de Chirinos, por su contribución en la actividad agrícola.

Artículo 2.- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” a la Cooperativa Agraria La Esperanza Es Majes, por su contribución en la actividad ganadera.

Artículo 3.- Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” a la Cooperativa Agraria Cafetalera Pangoa Limitada, por su contribución en el empoderamiento de la mujer productora agraria.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

Encargado del Despacho del Ministerio de

Desarrollo Agrario y Riego

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