Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a México en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a México, en misión de estudios

Resolución Ministerial

Nº 00667-2024-DE

Lima, 4 de julio del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 4627/52 de la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 01822-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01049-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 038/44, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú el Oficio Nº A.- 526, a través del cual el Secretario de Marina de la Armada de México hace extensiva una invitación para que personal naval participe en los cursos de posgrado ciclo lectivo 2024 – 2025, que se imparten en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV) de la Armada de México, considerándose la Maestría en Administración Marítima Portuaria y Aduanas Marítimas, dirigida a un Oficial del grado de Capitán de Navío a Teniente de Corbeta o su equivalente;

Que, con Oficio Nº 4509/52, el Subsecretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica, al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, que luego del proceso de selección llevado a cabo por la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, en coordinación con la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de dicha Institución Armada, se ha determinado la participación del Capitán de Navío Fabrizzio Ricardo ZAVALAGA CALIENES, en la citada maestría;

Que, mediante Oficio Nº 097/44, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos remite a la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú el Oficio Nº AI-2173/24, a través del cual el Jefe de la Unidad de Planeación y Coordinación Estratégica del Estado Mayor General de la Armada de México comunica la aceptación del mencionado Oficial Superior, para participar en la Maestría en Administración Marítima Portuaria y Aduanas Marítimas, a realizarse en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV), ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 15 de julio de 2024 al 18 de julio de 2025;

Que, a través del Informe Legal Nº 142-2024, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior del personal militar que participará en la citada maestría, en el lugar y fecha programada;

Que, la Exposición de Motivos, anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la misión de estudios del citado Oficial Superior, lo cual permitirá adquirir conocimientos y experiencias, asimismo, permitirá que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas cuente con profesionales altamente calificados para el cumplimiento de las funciones y competencias, así como ejercer una importante labor para la comunidad marítima, promoviendo los más altos estándares en el trasporte marítimo, la política y la administración, gestión, seguridad y protección marítima;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 116-2024, suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida (titular, cónyuge e hijos), compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado, correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 137-2024, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en el presente viaje al exterior, en misión de estudios;

Que, a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000101, Nº 0000000105, Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 18 de julio de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 4627/52, la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en la Maestría en Administración Marítima Portuaria y Aduanas Marítimas, a realizarse en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV), ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 15 de julio de 2024 al 18 de julio de 2025, autorizando su salida del país el 14 de julio de 2024 y su retorno el 19 de julio de 2025;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, a través del Oficio Nº 01822-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 506-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01049-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Navío Fabrizzio Ricardo ZAVALAGA CALIENES, identificado con CIP Nº 00912359 y DNI Nº 43654259, para que participe en la Maestría en Administración Marítima Portuaria y Aduanas Marítimas, a realizarse en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV), ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 15 de julio de 2024 al 18 de julio de 2025, autorizando su salida del país el 14 de julio de 2024 y su retorno el 19 de julio de 2025.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos (Ida): Lima - ciudad de México (Estados Unidos Mexicanos)

(incluye importe TUUA)

Clase económica

US$ 1,300.47 x 4 personas (titular, cónyuge e hijos) US$ 5,201.88

Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación)

US$ 6,344.19 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 12,688.38

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 6,344.19 / 31 x 17 días (jul.) x 1 persona US$ 3,479.07

US$ 6,344.19 x 5 meses (ago.-dic.) x 1 personal US$ 31,720.95

Total a pagar: US$ 53,090.28

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 8.- El Oficial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2303909-1