Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la Versión 2 de la Directiva N° 007-2019-PERÚ COMPRAS denominada Directiva para el depósito devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco

Aprueban la Versión 2 de la Directiva N° 007-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para el depósito, devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000100-2024-PERÚ COMPRAS-JEFATURA

San Isidro, 2 de julio del 2024

VISTOS:

El Informe N° 000102-2024-PERÚ COMPRAS-DAM, de fecha 25 de junio de 2024, emitido por la Dirección de Acuerdos Marco; el Informe N° 000062-2024-PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 26 de junio de 2024, emitido por la Oficina de Planeamien‘‘‘to y Presupuesto; el Informe N° 000192-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 26 de junio de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, dispone que las Entidades contratan, sin realizar procedimiento de selección, los bienes y servicios que se incorporen en los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco como producto de la formalización respectiva;

Que, el literal d) del numeral 115.1 del artículo 115 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, establece que, atendiendo a la naturaleza de cada Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco, según corresponda, se puede exigir al proveedor el compromiso de constituir una garantía de fiel cumplimiento durante la vigencia del Catálogo Electrónico, entre otros aspectos;

Que, de otro lado, el literal k) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF, señala como función específica de la Dirección de Acuerdos Marco, el elaborar y proponer directivas y lineamientos en el marco de su competencia, así como conducir su implementación;

Que, mediante Informe N° 000102-2024-PERÚ COMPRAS-DAM, la Dirección de Acuerdos Marco sustenta y propone la actualización de la Directiva N° 007-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para el depósito, devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, la cual tiene por objetivo establecer los lineamientos para el depósito, devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento de los proveedores adjudicatarios, en el marco de la implementación, extensión de vigencia, incorporación de proveedores y/o gestión de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, conforme a la normativa de contratación pública, las reglas especiales del procedimiento y/o los documentos asociados a cada Acuerdo Marco; siendo que, dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Administración, mediante Memorando N° 001099-2024-PERÚ COMPRAS-OA;

Que, con Informe N° 000062-2024-PERÚ COMPRAS-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que, la actualización de la propuesta normativa se encuentra conforme a la Directiva N° 002-2019-PERU COMPRAS, denominada “Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Normativos en la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS”; por lo que, emite opinión favorable, recomendando se continúe con el trámite de aprobación correspondiente;

Que, a través del Informe N° 000192-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta de actualización de la precitada Directiva, se encuentra conforme al marco legal vigente;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Acuerdos Marco, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales n) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Versión 2 de la Directiva N° 007-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para el depósito, devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, la misma que, como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Tercero.- La Resolución Jefatural, la Directiva y sus Anexos se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO

Jefe de la Central de Compras

Públicas - PERÚ COMPRAS

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