Aprueban transferencia interestatal de propiedad predial a título gratuito, del predio denominado Parque Zonal N° 026 (Villa Panamericana), ubicado en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, de propiedad del MTC, a favor de la PCM; en el marco del cambio de dependencia del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 363-2024-MTC/01
Lima, 2 de julio de 2024
VISTOS: El Oficio N° D001202-2024-PCM-SG de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Informe N° 0267-2024-MTC/10 de la Oficina General de Administración; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 8 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante, la Ley N° 29151), establece que son entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, en cuanto administran o disponen bienes estatales, entre otros, el Gobierno Nacional integrado por el Poder Ejecutivo, incluyendo a los ministerios y organismos públicos descentralizados, el Poder Legislativo y el Poder Judicial;
Que, el numeral 57.2 del artículo 57 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, establece que los actos de disposición de los predios de propiedad del Estado, que se encuentran bajo la administración de los Gobiernos Regionales con funciones transferidas, así como, de propiedad de las entidades descritas en los literales b), c) y d) del artículo 8 de la precitada Ley, son aprobados por el Titular del Pliego, los cuales requieren previamente la opinión técnica de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento. Asimismo, el artículo 207 del citado Reglamento, establece que la transferencia de dominio en el Estado se realiza entre las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, en forma directa y a título gratuito u oneroso sobre los predios de dominio privado estatal;
Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es propietario del predio identificado como Parque Zonal N° 026, ubicado en la intersección de las Avenidas El Sol y Pastor Sevilla, frente a la Prolongación de la Avenida Industria (hoy Bolivia), distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03146016 del Registro de Predios de Lima, el cual se encuentra actualmente independizado en trece (13) partidas (en adelante, Villa Panamericana); en mérito a la transferencia de propiedad aprobada mediante el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1335, que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019”;
Que, por el Decreto Supremo N° 007-2020-MTC, se crea en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos” (en adelante, Proyecto Especial Legado), con el objeto de dar cumplimiento a las acciones de mantenimiento, saneamiento físico legal, operación, monitoreo, disposición y sostenibilidad del Legado de los “XVIII Juegos Panamericanos y de los Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019”. Estas incluyen la prestación de servicios, la promoción de las sedes, así como la generación de rentas derivadas del alquiler, cesión de derechos de uso o disposición de su propiedad y/o bienes en administración, según corresponda, en el marco de la normativa vigente y en coordinación con las entidades competentes;
Que, con el Decreto Supremo N° 084-2023-PCM, se aprueba el cambio de dependencia del Proyecto Especial Legado, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Presidencia del Consejo de Ministros; lo que comprende la transferencia de todas sus funciones, así como de los recursos presupuestales, personal y acervo documentario, entre otros, incluyendo sus activos y pasivos;
Que, mediante el Oficio N° D001202-2024-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite, entre otros documentos, el Memorando N° D001834-2024-PCM-OGA de su Oficina General de Administración, con la finalidad que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones apruebe la transferencia del predio Villa Panamericana a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha solicitud se sustenta entre otros, en el Oficio N° 00070-2024/SBN-DNR de la Dirección de Normas y Registros e Informe N° 00170-2024/SBN-DNR-SDNC de la Subdirección de Normas y Capacitación de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;
Que, en el Informe N° 00170-2024/SBN-DNR-SDNC, la Subdirección de Normas y Capacitación de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales precisa que, la transferencia del predio Villa Panamericana no se enmarca en el ámbito de sus opiniones técnicas, en tanto esta se realiza conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 084-2023-PCM, norma que no corresponde al Sistema Nacional de Bienes Estatales. Por lo tanto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe sustentar, y de ser el caso, aprobar la citada transferencia a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante resolución ministerial;
Que, mediante el Informe N° 0267-2024-MTC/10, la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite el Informe N° 0545-2024-MTC/10.05 elaborado por su Oficina de Patrimonio, en el cual se recomienda emitir la resolución ministerial que apruebe la transferencia a título gratuito del predio Villa Panamericana inscrito en la Partida Registral N° P03146016 así como sus trece (13) independizaciones a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, para materializar los efectos del cambio de dependencia del Proyecto Especial Legado al ámbito de dicha entidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 084-2023-PCM;
Que, el inciso 3 del numeral 3.4 del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 29151, establece que son actos de disposición aquellos que implican desplazamiento de dominio de los bienes estatales tales como: transferencia de dominio en el Estado, compraventa, permuta y superficie; asimismo, el artículo 77 del citado Reglamento señala que las resoluciones que han quedado firmes, emitidas por las entidades respecto de actos de disposición, tienen mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Predios correspondiente;
Que, en virtud a la solicitud realizada por la Presidencia del Consejo de Ministros, y conforme a lo informado por la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como a lo expuesto por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, corresponde emitir la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia interestatal de propiedad predial a título gratuito del predio de la Villa Panamericana a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA; el Decreto N° 084-2023-PCM, que aprueba el cambio de dependencia del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Presidencia del Consejo de Ministros; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia interestatal de propiedad predial a título gratuito, del predio denominado Parque Zonal N° 026 (Villa Panamericana), ubicado en la intersección de las Avenidas El Sol y Pastor Sevilla, frente a la Prolongación de la Avenida Industria (hoy Bolivia), distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03146016 del Registro de Predios de la Zona Registral IX – Sede Lima, de la Oficina Registral de Lima, y de sus partidas independizadas (P03344092, P03344093, P03344094, P03344095, P03344096, P03344097, P03344098, P03344099, P03344100, P03344101, P03344102, P03344103, P03344104), de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros; en el marco del cambio de dependencia del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos dispuesto en el Decreto Supremo N° 084-2023-PCM, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Declarar que la presente Resolución Ministerial tiene mérito suficiente para la inscripción registral de la transferencia interestatal aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Presidencia del Consejo de Ministros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
N° |
Partida |
Código Único SINABIP |
Denominación |
Área m2 |
1 |
P03146016 |
27044 |
ÁREA DE VÍAS |
50,112.63 |
ÁREA DE AFECTACIÓN VIAL METROPOLITANA |
11,412.83 |
|||
2 |
P03344092 |
179753 |
MANZANA A LOTE 1 |
43,545.47 |
3 |
P03344093 |
189470 |
MANZANA A LOTE 2 |
3,842.71 |
4 |
P03344094 |
189472 |
MANZANA A LOTE 3 |
19.02 |
5 |
P03344095 |
189473 |
MANZANA A LOTE 4 |
57.01 |
6 |
P03344096 |
189474 |
MANZANA A LOTE 5 |
67.38 |
7 |
P03344097 |
189475 |
MANZANA A LOTE 6 |
27,698.37 |
8 |
P03344098 |
189476 |
MANZANA A LOTE 7 |
5,826.52 |
9 |
P03344099 |
189477 |
MANZANA B LOTE 1 |
81,582.93 |
10 |
P03344100 |
189479 |
MANZANA B LOTE 2 |
23,281.77 |
11 |
P03344101 |
189480 |
MANZANA C LOTE 1 |
48,204.72 |
12 |
P03344102 |
189481 |
MANZANA C LOTE 2 |
142,607.50 |
13 |
P03344103 |
189483 |
MANZANA C LOTE 3 |
10,259.12 |
14 |
P03344104 |
189485 |
MANZANA D LOTE 1 |
759.84 |
Total |
449,277.82 |
2303669-1