Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0521-2024-RE
Lima, 3 de julio de 2024
VISTO:
El Memorándum N° DAE007712024 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 28 de mayo de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2296 del Despacho Viceministerial, de 4 de junio de 2024, y su proveído, del 1 de julio de 2024; el Memorándum N° OPP020562024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 2 de julio de 2024, que otorgó certificación de crédito presupuestario; y el Memorándum N° OAP020412024 de la Oficina de Administración de Personal, de 2 de julio de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se busca avanzar progresivamente hacia la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo;
Que, desde el 22 de marzo de 2024, la República de Chile viene ejerciendo la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico, en cuyo marco se llevará a cabo la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pacífico, y la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífico; en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, el 4 y 5 de julio de 2024, respectivamente;
Que, la Subsecretaria de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, cursó invitación al Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de titular del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífico, para asistir al mencionado evento, a llevarse a cabo en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, el 5 de julio de 2024;
Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, representará al Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, en la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífico;
Que, en ese sentido, se estima importante la participación en la referida Reunión, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores; a fin de dar debido seguimiento político y diplomático a las prioridades temáticas que viene impulsando la actual Presidencia Pro Tempore;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 4 al 5 de julio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (308) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, y, Código POI AOI00004500014 Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado |
567.58 |
370.00 |
2 |
740.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2303578-1