LEY Nº 32084
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE
INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE JAUJA EN EL DISTRITO DE HUERTAS
DE LA PROVINCIA DE JAUJA DEL
DEPARTAMENTO DE JUNÍN
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la creación de la Universidad Nacional Autónoma de Jauja, con sede en el distrito de Huertas de la provincia de Jauja del departamento de Junín.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
FINAL
ÚNICA. Acciones para la implementación
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, en coordinación con el Gobierno Regional de Junín y con la Municipalidad Provincial de Jauja, adoptará las acciones de promoción correspondientes para la creación de la referida universidad.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los doce días del mes de junio de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
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