Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2024-MDCLR
Carmen de la Legua - Reynoso, 28 de junio de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305 (Ley de Reforma Constitucional) concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, las Municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.
Que, estando en las vísperas de celebrar el 203° Aniversario Patrio, siendo una fecha de suma importancia, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria.
Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica de la población Carmelina, resaltando a los valores nacionales, así como, proporcionando la veneración de los símbolos patrios.
Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 203º Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú, acontecimiento importante que es propicio para remarcar nuestra identidad y conciencia cívica a través de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas y privadas, clubes, iglesias y establecimientos comerciales e industriales del distrito de Carmen de la Legua Reynoso.
Que, es política de la actual gestión municipal reforzar y promover la conciencia cívica y el amor y respeto por los símbolos patrios, por lo que resulta necesario disponer el embanderamiento general en todo el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, durante todo el mes de Julio del 2024.
Que, el artículo 20° numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que, son atribuciones del Alcalde: Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20° y artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y sus modificatorias.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL, de todos los predios privados, públicos y comerciales en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso durante todo el mes de julio del presente año, como acto cívico al conmemorarse el 203° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Humano y demás áreas que correspondan, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, entrando en vigencia a partir del día siguiente de la referida publicación.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso, www.minicarmendelalegua.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ
Alcalde
2302655-1