Modifican el Anexo de la R.M.
N° 069-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 330-2024-MINEDU
Lima, 2 de julio de 2024
VISTOS, los documentos que conforman los Expedientes N° DISER2024-INT-0480100 y N° DITE2024-INT-0356754; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2024, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento;
Que, asimismo, el tercer párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-EF;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial N° 255-2024-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;
Que, mediante el Informe N° 00237-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DISER) de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA); así como el Informe N° 01328-2024-MINEDU/VMGP-DITE de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE), se sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modificado por la Resolución Ministerial N° 255-2024-MINEDU, a fin de incluir los eventos denominados: i) 1ra Reunión de asistencia técnica para la implementación de estrategias y actividades pedagógicas en las residencias estudiantiles, en el ámbito de la Amazonía del Perú - Sede Lima; ii) 2da Reunión de asistencia técnica para la implementación de estrategias y actividades pedagógicas en las residencias estudiantiles, en el ámbito de la Amazonía del Perú- Sede Nieva; iii) 3ra Reunión de asistencia técnica para la implementación de estrategias y actividades pedagógicas en las residencias estudiantiles, en el ámbito de la Amazonía del Perú - Sede Lima; y, iv) Hackathon en Robótica Educativa y Tecnologías Digitales 2024 - Edición Bicentenario;
Que, adicionalmente la DISER y la DITE, en el marco de las disposiciones respecto del otorgamiento de viáticos por viajes en comisión de servicios a nivel nacional, aprobadas por el Decreto Supremo N° 007-2013-EF, concluyen que cuentan con el marco presupuestal necesario para llevar a cabo los eventos antes mencionados; asimismo detallan la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;
Que, mediante los Informes N° 01202-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 01248-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentado y solicitado por la DISER y la DITE, indicando que los eventos a ser organizados y ejecutados durante el año 2024 cuya incorporación solicitan, se encuentran alineados con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e implementación se financiarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación del Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; concluyendo que resulta viable modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial N° 255-2024-MINEDU, para incluir los eventos antes señalados, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modificado por la Resolución Ministerial N° 255-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con recursos del Pliego 010: M. de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF.
La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y transparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
2303223-1