Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la adecuación del cronograma y los anexos que corresponden al reglamento aprobado por Ordenanza Nº 517/MDSJM

Aprueban la adecuación del cronograma y los anexos que corresponden al reglamento aprobado por Ordenanza Nº 517/MDSJM

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 007-2024/MDSJM

San Juan de Miraflores, 21 de junio de 2024

LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE

MIRAFLORES

VISTO: El Memorándum Nº 312-2024-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 278-2024-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 266-2024-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y Memorándum Nº 194-2024-GMDS/MDSJM de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social; sobre adecuación de cronograma y anexos del Reglamento para el Presupuesto Participativo de los Municipios Escolares para el Año Fiscal 2025 en el distrito de San Juan de Miraflores; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción, formando parte del sistema de planificación;

Que, la Ley Nº 27783 - de Bases de la Descentralización, en su artículo 17º, literal g) prescribe que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos, y en la gestión pública, la que se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existente y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley; teniendo competencia municipal exclusiva para, entre otras, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; y el artículo 1º de la Ley Nº 28056 – Marco del Presupuesto Participativo, precisa que el presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativo, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil; por lo que los gobiernos locales deben promover el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de recursos públicos;

Que, la Ley Nº 28044 – General de Educación, en su artículo 53º señala que el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo, y le corresponde:…”c) Organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad”;

Que, mediante Ordenanza Nº 517/MDSJM, de fecha 30 de mayo de 2024, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 05 de junio de 2024, se aprobó el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo de los Municipios Escolares para el Año Fiscal 2025 en el distrito de San Juan de Miraflores, cuyo artículo Segundo, parte final, señala que mediante decreto de alcaldía se podrá adecuar el cronograma de actividades cuando las circunstancias lo requieran;

Que, con Informe Nº 178-2024/SGJECyD/GMDS/MDSJM, la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte señala la necesidad de adecuar el cronograma y los anexos que corresponden al reglamento aprobado por Ordenanza Nº 517/MDSJM, lo que permitirá una mayor difusión para especificar las acciones a realizar y evitar que las instituciones educativas tengan dificultades para sus respectivas inscripciones; el mismo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social (Memorándum Nº 194-2024-GMDS/MDSJM), Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones (Memorándum Nº 056-2024-SGPyPI-GPP/MDSJM), Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 0160-2024-SGPEyCT-GPP/MDSJM), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 266-2024-GPP/MDSJM); así como opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 278-2024-GAJ/MDSJM) y aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 312-2024-GM/MDSJM);

De conformidad con los artículos 9, numeral 8) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; así como artículo Segundo de la Ordenanza Nº 517/MDSJM;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR la adecuación del Anexo Nº 01: Cronograma de actividades para el desarrollo del Presupuesto Participativo de Municipios Escolares para el Año Fiscal 2025, así como también los Anexos Nos. 02, 04, 06 y 07, correspondientes a la Ordenanza Nº 517/MDSJM; los mismos que forman parte integrante del presente decreto y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de esta entidad municipal.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la aprobación verificada en el artículo precedente, se sustenta en lo dispuesto en el artículo Segundo, parte final, de la Ordenanza Nº 517/MDSJM y de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de este decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, así como Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de sus unidades orgánicas, cumplir estrictamente la ejecución de esta norma municipal.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario oficial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático su publicación en la página web de esta entidad municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA

Alcaldesa

2302045-1