Viernes, 22 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 101-2024-INIA

Lima, 28 de junio de 2024

VISTO: El Memorando N° 798-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe N° 00220-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica,
y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriendo el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando, además, que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entidades subnacionales y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante Oficio N° 000650-2023-CG/GAD, de fecha 05 de junio de 2023, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la Oficina de Administración (OA) que, a efectos de ser incluido en el próximo concurso público de méritos para designar una Sociedad de Auditoría que efectúe la auditoría de los periodos 2023 y 2024, requiere que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, se proceda a efectuar la transferencia financiera por el monto de ciento diecisiete mil ochocientos once con 00/100 soles (S/ 117 811,00), que corresponde al 100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024, hasta el 30 de junio del 2024. Adicionalmente, indica que excepcionalmente, y dentro del mismo plazo otorgado, se podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y remitir una previsión presupuestaria por el saldo correspondiente (segundo 50%), cuyo desembolso debe efectuarse a más tardar el 31 de enero de 2025;

Que, con Memorando N° 00603-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OA, de fecha 26 de junio de 2024, la Oficina de Administración (OA) solicitó a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) marco presupuestal para la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, por el monto de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 soles (S/ 58 905,50), en la Meta de la OA Sede Central del INIA, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a efectos de financiar el saldo del 50% para la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará las labores de control al INIA, correspondiente al periodo 2024;

Que, por Memorando N° 798-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP, de fecha 27 de junio de 2024, la OPP remite el Informe N° 089-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE, a través del cual la UPRE señala que: “(…) En atención a los antecedentes expuestos: Oficio N° 00650-2023- CG/GAD, Resolución Jefatural N° 0114-2023-INIA, Resolución Jefatural N° 007-2024-INIA y el Memorando N° 00603-2024-MIDAGRI-INIA-GG-OA, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 163 INIA, en el presente Año Fiscal 2024, a fin de financiar la transferencia financiera del 50 %, cumple con otorgar la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000004638, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, genérica de gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, partida específica 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, hasta por la suma de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 (S/ 58 905.50)”;

Que, asimismo, la UPRE refiere que, corresponde al Titular del Pliego 163 INIA, emitir la resolución autoritativa para la transferencia de los mencionados recursos, conforme a lo sustentado;

Que, de acuerdo a lo indicado, dicho órgano concluye que, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742, atendiendo al requerimiento formulado por la Contraloría General de la República y a lo solicitado, por la Oficina de Administración de la Sede Central del Pliego 163 INIA, resulta necesario atender la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República hasta por el monto de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 soles (S/ 58 905,50), que representa el 50% de la retribución económica incluido el Impuesto General a las Ventas, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que realice la Auditoría Externa al Instituto Nacional de Innovación Agraria correspondiente al Año Fiscal 2024;

Que, mediante Informe N° 00220-2024/MIDAGRI-INIA-GG/OAJ, de fecha 27 de junio de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Presupuesto;

De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, por la suma cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 soles (S/ 58 905,50), importe que representa el saldo del 50% de la retribución económica incluido el IGV, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con el objeto de financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará la Auditoría al Instituto Nacional de Innovación Agraria correspondiente al periodo 2024; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, será con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en la Específica del Gasto 2.4.13.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE JUAN GANOZA RONCAL

Jefe

Instituto Nacional de Innovación Agraria

2302335-1