Amplían el período de vigencia del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Desarrollo Territorial del departamento de Loreto”
resolución ministerial
N° 189-2024-PCM
Lima, 28 de junio de 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Desarrollo Territorial del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 090-2023-PCM y N° 251-2023-PCM, el Grupo de Trabajo tiene por objeto contribuir al desarrollo del departamento de Loreto, a través del diseño y el acompañamiento en la ejecución de una estrategia de intervención territorial que abarque, principalmente, los ejes de conectividad territorial, energético, agrario, salud, educación, saneamiento básico y económico;
Que, el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 090-2023-PCM, dispone que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2024;
Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de sus funciones, ha diseñado la estrategia de intervención territorial que contribuya a la atención de las principales demandas de la población del departamento de Loreto; por lo que, correspondería dar inicio a las acciones de apoyo para su implementación;
Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 090-2023-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2024; a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación, precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 090-2023-PCM
Modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 199-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 090-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 12.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2302355-1