Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali

ACUERDO REGIONAL

Nº 054-2024-GRU-CR

Pucallpa, treinta de abril de dos mil veinticuatro

POR CUANTO:

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;

Que, el artículo 3º del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5º precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril del 2024, ingresa el Oficio Nº 206-2024- GRU-GR, de fecha 19 de abril del 2024, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali solicitando al Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, se autorice la transferencia financiera en el Marco del Convenio Específico de Ejecución de Proyecto de Inversión entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Universidad Nacional de Ucayali de fecha 26 de marzo del 2024;

Que, mediante Oficio Nº 660-2024-GRU-GGR-ORAJ de fecha 18 de abril de 2024, el Director de Sistema Administrativo IV de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, remite al Gerente General Regional el Informe Legal Nº 039-2024-GRU-GGR-ORAJ/RWME que asume, y con el cual recomienda derivar los actuados administrativos al Consejo regional de Ucayali para su respectiva evaluación y aprobación de acuerdo a su competencia;

Que, con fecha 26 de marzo del 2024, se suscribió el “Convenio Específico de Ejecución de Proyecto de Inversión entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Universidad Nacional de Ucayali”, por el cual el Gobierno Regional de Ucayali se obliga a realizar las gestiones del caso para la incorporación de los recursos ascendiente a la suma de S/ 3’185,696.63, para financiar la IOARR con CUI 2607334;

Que, mediante Informe Nº 2161-2024-GRU-GRPP-SGP, el Director de Sistema Administrativo III – Sub Gerencia de Presupuesto concluye: Finalmente, existen recursos de S/ 3’185,697.00, que servirán para ser transferidos a la Universidad Nacional de Ucayali, mediante transferencia financiera, para financiar la IOARR con CUI 2607334 REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE AULA: CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DE RECREACIÓN PASIVA; REMODELACIÓN DE AULA; ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE LABORATORIO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FILIAL AGUAYTÍA, DISTRITO DE BOQUERÓN, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, en la fuente de financiamiento de Fondo de Compensación Regional - FOCOR;

Que, el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público establece: 76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. (…) 76.2 Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público;

Que, el artículo 47º del Reglamento Interno del Consejo establece que: La Comisión de Planeamiento y Presupuesto, se pronuncia sobre asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional de Ucayali, referidas a la finalidad, misión y funciones específicas Regionales; que comprende los siguientes aspectos: (…) ñ) Autorización de transferencias financieras interinstitucionales;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional.

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril del 2024, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Ucayali, realice la Transferencia Financiera, dentro del marco legal vigente, a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, de la suma de S/ 3’185,696.63, para financiar el proyecto “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE AULA: CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DE RECREACIÓN PASIVA; REMODELACIÓN DE AULA; ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE LABORATORIO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FILIAL AGUAYTÍA, DISTRITO DE BOQUERÓN, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, con CUI 2607334.

Artículo Segundo.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines.

Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, debiendo publicarse además en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Leonardo Gabriel Mallqui Díaz

Presidente

Consejo Regional

2300831-1