Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000253-2024-MC
San Borja, 26 de junio del 2024
VISTOS: el Proveído Nº 001831-2024-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad; el Proveído N° 006724-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; la Hoja de Elevación N° 000078-2024-DGCI-VMI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Informe N° 000752-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 000739-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000854-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 51 del ROF establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;
Que, conforme con lo dispuesto por el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 84 del ROF señala que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural está encargada del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la directiva;
Que, por Resolución Ministerial N° 182-2014-MC se declara el mes de junio de cada año como mes de la cultura afroperuana, espacio que permite visibilizar los aportes de la población afroperuana y coloca en agenda su contexto y problemática resaltando sus contribuciones y participación en la sociedad;
Que, mediante la Hoja de Elevación N° 000078-2024-DGCI-VMI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural eleva el Informe Nº 000034-2024-DAF-DGCI-VMI-SCB/MC de la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana con el que se recomienda otorgar el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora María del Socorro Gallardo Aparcana, por su destacada trayectoria como difusora de la cultura afroperuana a través del arte, y por su ardua labor para promover el empoderamiento y la autonomía de las mujeres a partir de la artesanía y el emprendimiento;
Que, con el Informe N° 000752-2024-DGIA-VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes -al amparo de lo desarrollado en el Informe N° 004360-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC- emite opinión favorable para otorgar la distinción propuesta;
Que, a través del Memorando N° 000739-2024-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural -con sustento en la evaluación, análisis y conclusiones de los Informes N° 000408-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC y N° 000075-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-FAP/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial- emite opinión favorable respecto de la distinción de la persona propuesta por su rol de líder, gestora cultural y artesana, lo cual coadyuva a la difusión de la cultura del pueblo afroperuano;
Que, la señora María del Socorro Gallardo Aparcana inicia su trayectoria como bailarina de ritmos afroperuanos a los dieciocho años de edad; sus primeras presentaciones fueron con Victoria Santa Cruz y Perú Negro; asimismo, fue parte del elenco de baile de las agrupaciones artísticas Mamauca y Shangó;
Que, la citada persona es una artista que, a través de la artesanía, bisutería, tejido, manualidades y otros similares, difunde la cultura afroperuana; además, mediante el arte fomenta la inclusión social y la erradicación de la discriminación. Es la fundadora de la Red Nacional de Mujeres Afroartesanas (REDMAA), la cual tiene como objetivo promover el empoderamiento y la autonomía de las mujeres afroperuanas, andinas y amazónicas a partir de la artesanía y el emprendimiento. La organización REDMAA es un punto de cultura reconocido por el Ministerio de Cultura y ha participado en los años 2020 y 2023 del evento Ruraq Maki;
Que, adicionalmente, la señora María del Socorro Gallardo Aparcana cuenta con varios reconocimientos otorgados por su destacada trayectoria y aporte al desarrollo cultural del país;
Que, conforme lo expone la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, la persona propuesta destaca como difusora de la cultura afroperuana a través del arte, así como por su ardua labor para promover el empoderamiento y la autonomía de las mujeres a partir de la artesanía y el emprendimiento, lo cual constituye un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Interculturalidad, del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora MARÍA DEL SOCORRO GALLARDO APARCANA por su destacada trayectoria como difusora de la cultura afroperuana a través del arte, y su ardua labor para promover el empoderamiento y la autonomía de las mujeres a partir de la artesanía y el emprendimiento, lo cual constituye un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2301493-1