Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal N°237-MDP/C que creó la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Pachacámac

Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal Nº 237-MDP/C que creó la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Pachacámac

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 338-2024-MDP/C

Pachacámac, 23 de mayo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PACHACÁMAC

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTOS: el informe Nº 164-2024-MDP/GDH-SGPSSEDJ emitido por la Subgerencia de Programas Sociales, Salud, Educación, Deporte y Juventud, el memorando Nº 022-2024-GDHYPV/MDP cursado por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, el Informe Nº 155-2024-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y los memorandos Nº 493 y 619-2024-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal, sobre la modificación de norma que crea la instancia distrital de concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar del Distrito de Pachacámac; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante ordenanza municipal Nº 237-MDP/C se crea la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Pachacámac dentro del marco de la Ley Nº 30364, para efectivamente prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que establece mecanismos, medidas y políticas de prevención, atención y protección de las víctimas, así como del daño causado y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fin de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos;

Que, cuando la referida norma alude, en los artículos tercero y octavo, al encargado de asumir la secretaría técnica de la instancia de concertación distrital y al encargado del monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en la norma, respectivamente, se refiere al Gerente de Desarrollo Humano y Promoción Social;

Que, a raíz de la promulgación de la ordenanza municipal Nº 333-2024-MDP/C que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) así como la nueva estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, se le asigna a la Subgerencia de Programas Sociales, Salud, Educación, Deporte y Juventud las funciones, entre otras, de impulsar las redes que promueven la defensa de las mujeres como la instancia de concertación distrital para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, por lo que mediante informes de vistos, se propone la modificación de los artículos tercero y octavo de la ordenanza, en lo que refiere al funcionario encargado de asumir la secretaria técnica y, a su vez, del monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en la misma;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas al concejo municipal por los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, POR UNANIMIDAD, se aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS TERCERO Y OCTAVO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 237-MDP/C QUE CREA LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC

Artículo 1.- MODIFICAR los artículos tercero y octavo de la Ordenanza Municipal Nº 237-MDP/C que crea la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito de Pachacámac, que quedan como sigue:

“Artículo Tercero: La Instancia de Concertación Distrital está conformada por: (…) 2. La Subgerencia de Programas Subgerencia de Programas Sociales, Salud, Educación, Deporte y Juventud, quien asumirá la secretaría técnica.

Artículo Octavo: Encargar a la Subgerencia de Programas Subgerencia de Programas Sociales, Salud, Educación, Deporte y Juventud, el monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza.”

Artículo 2.- PUBLICAR la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacámac.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Enrique V. Cabrera Sulca

Alcalde

2291361-1