Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan al Instituto Nacional de Defensa Civil a efectuar en representación del Estado Peruano donación de bienes de ayuda humanitaria a favor de la República Federativa de Brasil para atender a los damnificados a consecuencia de lluvias e inundaciones

Autorizan al Instituto Nacional de Defensa Civil a efectuar, en representación del Estado Peruano, donación de bienes de ayuda humanitaria a favor de la República Federativa de Brasil, para atender a los damnificados a consecuencia de lluvias e inundaciones

resolución suprema

nº 156-2024-pcm

26 de junio de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante el OF.RE (DCI) N° 1-0-G/26 de fecha 23 de mayo de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores remite al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la Nota Verbal ABC/AFEPA/DIBEP/DAC/30/SAHU BRAS PERU, de fecha 22 de mayo de 2024, de la Agencia Brasileña de Cooperación (ABC) del Gobierno de la República Federativa de Brasil, a través de la cual confirma su solicitud de ayuda humanitaria internacional para atender la situación de emergencia producida a consecuencia de lluvias e inundaciones en el Estado de Rio Grande do Sul; la cual, posteriormente, fue precisada con el OF. RE (DCI) N° 1-0-G/31 de fecha 12 de junio de 2024;

Que, los Acuerdos del Sistema de las Naciones Unidas, al que pertenece la República del Perú, contemplan como compromiso de los Estados parte, la realización de acciones de asistencia humanitaria para dar respuesta a desastres y reducir la vulnerabilidad de las sociedades objeto de socorro, activándose, para tal efecto, los mecanismos de asistencia, entre cuyas modalidades se encuentra la disposición de bienes de ayuda humanitaria, recursos técnicos, institucionales y financieros para contribuir a la mitigación de los efectos de los desastres naturales;

Que, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), concordante con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2016-DE, Decreto Supremo que aprueba la adscripción del Instituto Nacional de Defensa Civil al Ministerio de Defensa, el INDECI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa;

Que, el numeral 9.8 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece como función del INDECI coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por desastres en el marco de convenios o acuerdos establecidos, conforme a la normatividad vigente;

Que, el artículo 30 de la “Directiva N° 001-2013-PCM/SINAGERD para la Asistencia Humanitaria Internacional ante Desastres de Gran Magnitud”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 0292-2013-PCM, dispone que la asistencia humanitaria se brinda sobre la base de un llamamiento internacional y/o con el consentimiento del Estado afectado;

Que, asimismo, el artículo 31 de la citada Directiva, señala que el INDECI recibe del Ministerio de Relaciones Exteriores el requerimiento de Asistencia Humanitaria del país afectado y pone a consideración de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del SINAGERD, el respectivo informe; y, con su consentimiento expreso se pone en conocimiento del Estado solicitante la relación de bienes, personal y servicios de ayuda humanitaria que se ofrecen. Cuando se cuente con la aceptación se coordina la emisión de la norma correspondiente que autoriza la donación;

Que, con Oficio N° D000118-2024-PCM-SGRD de fecha 25 de mayo de 2024, la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres comunica al INDECI la autorización de la Presidencia del Consejo de Ministros para que se realice el ofrecimiento de entrega de bienes de ayuda humanitaria no alimentaria a la República Federativa de Brasil;

Que, a través de comunicación electrónica de fecha 25 de mayo de 2024, la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a la Embajada de la República Federativa de Brasil el ofrecimiento peruano de donación de bienes de ayuda humanitaria para la atención de la situación de emergencia en el Estado de Rio Grande do Sul, a consecuencia de lluvias e inundaciones;

Que, a través de la Nota N° 198, la Embajada de la República Federativa de Brasil comunica la aceptación de la ayuda humanitaria ofrecida por el Gobierno de la República del Perú;

Que, con Oficio N° 000569-2024-INDECI/JEF INDECI de fecha 19 de junio de 2024, el Jefe del INDECI solicita a la Presidencia del Consejo de Ministros autorizar a dicha entidad efectuar, en representación del Estado Peruano, la donación de bienes de ayuda humanitaria listados en el Anexo que adjunta, en favor de la República Federativa de Brasil;

Que, asimismo, al citado oficio se adjunta el Informe N° 000011-2024-INDECI/OGCAI, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del INDECI, en el cual se indica que el envío de ayuda humanitaria a la República Federativa de Brasil se efectuará a través de una ruta comercial como parte del programa “Avión Solidario”, precisando que los gastos administrativos para cubrir el traslado de la carga serán cubiertos por dicha entidad;

Que, en tal sentido, es necesario autorizar al INDECI a efectuar, en representación del Estado de Peruano, la donación de diversos bienes de ayuda humanitaria no alimentaria, a fin de proveer la asistencia humanitaria a los damnificados a consecuencia de las lluvias e inundaciones en el Estado de Rio Grande do Sul de la República Federativa de Brasil;

De conformidad con lo previsto en el numeral 24 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la “Directiva N° 001-2013-PCM/SINAGERD para la Asistencia Humanitaria Internacional ante Desastres de Gran Magnitud”, aprobada por Resolución Ministerial N° 0292-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a efectuar, en representación del Estado Peruano, la donación de bienes de ayuda humanitaria no alimentaria señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Suprema, valorizada en la suma de S/ 54,732.60 (cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y dos y 60/100 soles), monto que incluye los gastos administrativos para el traslado, a favor de la República Federativa de Brasil para atender a los damnificados a consecuencia de lluvias e inundaciones en el Estado de Rio Grande do Sul.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

y encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

encargado del Despacho del Ministerio de

Relaciones Exteriores

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