Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de alcalde a la República Dominicana en comisión de servicios

Autorizan viaje de alcalde a la República Dominicana, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJO ORDINARIO

Nº 081-2024/MDP/CM

Pacora, 4 de junio del 2024

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACORA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo
Nº 011.2024.MDP, del día 04 de Junio del 2024, Informe Nº 318-2024-MDP-OPP-JASC de fecha 04 de junio del 2024, Carta Nº 121 CIT PERU/XIII-MIC-2024/P de fecha 22 de mayo del 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, esto es concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades que señala en el artículo II de su Título Preliminar, que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico.

Que, el art. 195º inciso 8) de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competente para desarrollo y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley.

Que, el artículo 41 de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el artículo 41 de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 9º inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.

Que, la estructura orgánica del gobierno local de acuerdo al texto constitucional, la conforman el concejo municipal como órgano normativo y fiscalizador y la alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que le señala la ley. El artículo 4º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reitera que la estructura orgánica de las Municipalidades está compuesta por el concejo municipal y la alcaldía.

Que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 1 de la Ley Nº 27619 “que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos señala que: “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del pueblo, el JNE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, la Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”, en su art. 2º del mismo cuerpo legal, precisa que: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”, asimismo, en su art. 3º, refiere que;” Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario oficial el Peruano, con anterioridad al viaje”.

Que, mediante Carta Nº 121 CIT PERU/XIII-MIC-2024/P ingresada el 22 de mayo del 2024, el señor Jose Manuel Saavedra, presidente CITPERU, realiza la invitación para participar como expositor en la “XIII MIC turismo sostenible y seguridad Ciudadana” en Santo domingo Republica dominicana durante los días 24,25,26 y 27 de junio del año 2024.

Que, mediante Informe Nº 318-2024-MDP-OPP-JASC de fecha 04 de junio del 2024, el Lic. Javier Armando Silva Castillo, jefe de la oficina de planeamiento y presupuesto, en atención a la Carta Nº 121 CIT PERU/XIII-MIC-2024/P, informa que si existe disponibilidad presupuestal.

POR CUANTO:

Estando a los fundamentos expuestos y a lo normado por los artículos 9º, 11º, 17º, 39º, 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal del distrito de Pacora en su Sesión de Concejo Ordinaria Nº 011-2024-MDP de fecha 04 de Junio del 2024, y habiéndose efectuado la sustentación correspondiente y procediéndose al respectivo debate, con el voto a favor de los señores regidores, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por MAYORÍA:

SE ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR Y AUTORIZAR el viaje al exterior del país del señor JOSE LUIS SIPIÓN BORNAZ, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacora, desde el 24 de junio al 28 de junio del presente año, para que participe en la “XIII Misión internacional de ciudades seguras” que se llevará a cabo en República Dominicana, sin generar gasto alguno a la entidad.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal el desarrollo de las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo de Concejo.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a secretaria general la notificación del presente acuerdo y al responsable del portal de transparencia la publicación en el portal web de la Municipalidad Distrital de Pacora.

Regístrese, comuniquese, cúmplase y archívese.

JosÉ Luis Sipión Bornaz

Alcalde

2300378-1